Los monjes del Monasterio del Cristo Orante de Tupungato serán juzgados por el delito de abuso sexual en perjuicio de un ex seminarista como consecuencia de la anulación del sobreseimiento judicial que los había beneficiado en 2022.
Revocaron el sobreseimiento de los monjes del Cristo Orante, que van a juicio por abuso sexual
El juez Gabriel Bragagnolo aceptó un planteo de la Fiscalía tras un fallo de la Suprema Corte y una condena civil, por la denuncia de abuso sexual de un ex seminarista
Tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia fechado en marzo último y el reciente planteo de la Fiscalía, el juez penal Gabriel Bragagnolo revocó el sobreseimiento que había favorecido a los monjes del Cristo Orante, Diego Moreno Roqué y Oscar Portillo, y los dejó a las puertas del juicio que deberá comenzar en fecha a determinar.
El proceso, que se desarrollará en el Polo Judicial, será oral y a puertas cerradas por tratarse de un delito de instancia privada; motivo clave para no revelar la identidad del denunciante ni demasiados pormenores de los hechos ya investigados.
Cristo Orante: denuncias e impacto judicial
El ex seminarista denunció penalmente a los monjes del Cristo Orante por diversos hechos que, dijo, ocurrieron entre 2009 y 2015 cuando tenía entre 17 y 23 años. Y en distintos escenarios: la vía pública y las instalaciones del predio de uso religioso y turístico.
En 2022, el juez Fernando Ugarte los sobreseyó.
También llevó el caso al Arzobispado de Mendoza, donde -tras su exposición- comenzó un proceso canónico que terminó en una sanción para Oscar Portillo y una suspensión temporal para Moreno.
Esta presentación determinó que el denunciante demandó judicialmente al Arzobispado de Mendoza y a los monjes en el fuero Civil y Comercial por daños y perjuicios que fueron consecuencia de las conductas sufridas.
Fue por no haberle suministrado información acerca del proceso canónico iniciado tras la denuncia presentada ante el arzobispo de la época, Carlos María Franzini. Técnicamente, por haberle negado el derecho constitucional a la verdad al anteponer el secreto canónico y restringir el acceso a las investigaciones internas.






