Fuero penal

El lapidario fallo de la Corte que mandó a juicio por abuso sexual a los monjes del Cristo Orante

La Suprema Corte criticó a un Tribunal por recortar pruebas sobre la credibilidad del denunciante cuando anuló el sobreseimiento de dos monjes por abuso a un seminarista

Lapidario. Así fue el fallo de la Suprema Corte que anuló el sobreseimiento de dos monjes del Monasterio Cristo Orante de Tupungato por abuso sexual en perjuicio de un joven seminarista y mandó a juicio oral a los denunciados Diego Roque Moreno y Jorge Oscar Portillo de Dios.

La sentencia, que sienta un precedente en el fuero penal de Mendoza, fue como un tirón de orejas para los magistrados de los tribunales inferiores que hace casi cuatro años desvincularon a los sacerdotes Diego Roque Moreno y Jorge Oscar Portillo de Dios.

Es que el fallo firmado este martes 10 de marzo por los supremos Mario Adaro y José Valerio consideró que el sobreseimiento de los religiosos se basó en resoluciones "arbitrarias" y que los magistrados de los tribunales del Valle de Uco realizaron una "valoración selectiva de la prueba y aplicaron erróneamente el concepto jurídico de consentimiento".

tribunales-provinciales-mendoza-foto-archivo-diario-uno.jpg
La Suprema Corte dispuso que los sacerdotes del Monasterio Cristo Orante sean llevados a juicio por abuso sexual.

La Suprema Corte dispuso que los sacerdotes del Monasterio Cristo Orante sean llevados a juicio por abuso sexual.

Las pruebas que analizó la Corte en el caso Cristo Orante

Un joven seminarista de 17 años denunció a los monjes del Monasterio Cristo Orante de Tupungato -años después cerrado por orden de la jefatura religiosa- y durante la investigación "se omitieron o recortaron pruebas fundamentales que daban credibilidad al denunciante", dijo la Suprema Corte de Justicia en uno de los casos más impactantes de abuso sexual que compromete a miembros de la Iglesia, junto con los casos Próvolo I y II.

Para la Corte, no se ponderaron de manera adecuada los informes del Equipo de Abordaje de Abusos Sexuales (EdeAAS) ni los testimonios de profesionales para quienes "el relato de la víctima era verosímil, coherente y carecía de fines gananciales".

También se desatendieron, según el fallo de la Suprema Corte de Justicia, indicadores de trauma en el denunciante, como síntomas de estrés postraumático, como recuerdos angustiosos recurrentes, ansiedad y bloqueos emocionales.

MONASTERIO DEL CRISTO ORANTE EN EL VALLE DE UCO
El Monasterio del Cristo Orante, en Tupungato, donde convivían los monjes y el seminarista que los denunció por abuso sexual.

El Monasterio del Cristo Orante, en Tupungato, donde convivían los monjes y el seminarista que los denunció por abuso sexual.

El consentimiento del seminarista, clave para anular el sobreseimiento

El máximo tribunal de justicia de Mendoza ordenó que los sacerdotes fueran juzgados nuevamente tras criticar que el Tribunal Penal del Valle de Uco cuestionó al denunciante "por no haber gritado o resistido físicamente" y por haber utilizado estereotipos de "masculinidad hegemónica" que dificultan el acceso a la justicia para hombres víctimas de abuso.

También se interpretó de manera errónea el principio jurídico del consentimiento. La Corte, siguiendo estándares internacionales, sostuvo que el consentimiento no puede inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima en entornos coercitivos, como son los contextos de manipulación, aislamiento y control sistemático, ya sean relaciones personales, sectas o instituciones.