Aquellas personas que están exceptuadas del aislamiento obligatorio decretado en virtud del avance del coronavirus, necesitan un permiso para circular por la vía pública. En Mendoza, las autoridades requerirán el salvoconducto o declaración jurada que se exige a nivel nacional.
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Qué es un salvoconducto o permiso para circular
Es una autorización especial emitida por el Estado o una empresa privada en virtud de la cual una persona, que se encuentra exceptuada, puede circular por la vía pública durante el plazo en el que todos "deberán permanecer en sus residencias habituales o en el lugar en que se encuentren y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo".
Cómo obtener el permiso para circular en Mendoza
El salvoconducto es expedido por cada ente público o privado exclusivamente para las actividades establecidas por decreto como excepción.
En el caso de trabajadores de tareas esenciales, su empleador deberá proveerles de un documento firmado que consigne:
- Nombre, número de teléfono y demás datos de la empresa.
- Nombre, número de documento y domicilio del trabajador, y su calificación como personal esencial.
- Domicilio del lugar de trabajo.
En el caso de cuentapropistas, como dueños de ferreterías, lavandería, farmacias, almacenes, verdulería, carnicería, etc, deberán disponer de la constancia de inscripción en AFIP, habilitación municipal y/o cualquier otra documentación que permita probar su condición de esencial.
Hay casos especiales que requieren de formularios específicos. Tal es el caso de quienes deban asistir a un adulto mayor, persona con discapacidad, niños, niñas y/o adolescentes.
Permiso para empleadas domésticas, cuidadora de personas y niñeras
Para que la niñera, cuidadora de personas o empleada doméstica pueda transitar y movilizarse desde su domicilio hasta el lugar de trabajo y viceversa, necesita una certificación para presentar en caso de que el personal de seguridad o gendarmería lo requiera.
La autorización deberá contener los siguientes datos:
DATOS DEL EMPLEADOR
Nombre y apellido completos
Teléfono
Domicilio Particular
CUIT o CUIL
DATOS DEL EMPLEADO
Nombre y apellido completos
N° y tipo de Documento
Tarea a desarrollar por la empleada y calificación de “Personal Esencial” de la misma (Según Articulo 6 del Dec. N° 297/20).
Para el primer día, en el que obviamente no tendrá la autorización, la niñera, empleada doméstica o cuidadora, deberá llevar el último recibo de sueldo.
Padres o madres separados que necesiten trasladar a menores
Los niños y niñas de madres y padres separados deben permanecer durante el aislamiento obligatorio por coronavirus en uno de los domicilios. En caso de que sean necesario apelar a una de las excepciones dispuestas por el ministerio de Desarrollo Social, el encargado del traslado debe llevar un formulario y el DNI del menor.
La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado, debe tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa de ese movimiento.
Excepciones para el traslado de niños y adolescentes
- Cuando uno de los progenitores, por razones laborales que se inscriban en alguno de los incisos del artículo 6° del Decreto N° 297/20, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente.
- Cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior de los niños, pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor.
