Y agregaron: “Como jubilada titular y contribuyente de impuestos lo intimo a que cumpla con obligación y haga lo necesario para que se APELE Y FUNDE la sentencia recaída en autos: FERNANDEZ CRISTINA ELISABET C/ MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y OTROS S/ NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO. Le notifico que el plazo para apelar vence el 4 de febrero de 2021″, expresaron.
“INTIMO FUNDE debida y oportunamente el recurso. De no hacerlos incurrirá en el delito de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, lo que ameritaría la pertinente denuncia, ya que esta posible inacción me perjudica personalmente y atenta contra el erario público, consagra la inequidad frente a los demás jubilados, pensionados, y contribuyentes, viola normas constitucionales, previsionales e impositivas”.
Por último añadieron: “Los funcionarios legitimados procesalmente para apelar están obligados a hacerlo: Fernanda Raverta como titular de la ANSES; Daniel Arroyo como titular del Ministerio de Desarrollo Social y Carlos Zannini, procurador del Tesoro, en defensa del interés del Estado”. Y concluyeron: “No apelar hará a estos funcionarios públicos responsables de beneficiar indebidamente por omisión a otro funcionario y malversación de caudales públicos, haciéndolos pasibles de acciones civiles y penales”.
Fuente: Mitre