Cambios en Deporte

Entró en vigencia la ley que exige "Ficha Limpia" a profesores de niños y adolescentes

La Ley Nº 9.729 modificó la antigua ley de Ordenamiento del Deporte y Recreación, que tenía 30 años. Además de ficha limpia, introduce sanciones a deportistas

La nueva norma, publicada este martes en el Boletín Oficial, también introduce sanciones a deportistas federados que incurran en faltas al decoro o a la ética deportiva.

Y regula el pedido de licencia deportiva especial.

Entró en vigencia la ley que exige Ficha Limpia a profes y técnicos de niños y adolescentes.

La Ficha Limpia en la nueva ley del Deporte

Profesores, entrenadores, técnicos, instructores y monitores que desempeñen tareas con menores en clubes, polideportivos o escuelas deportivas deben presentar obligatoriamente un certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.

La norma exige no registrar condenas por delitos contra la integridad sexual, la libertad individual y el estado civil, contemplando incluso sentencias en primera instancia o con penas en suspenso.

Se trata de delitos como:

  • Abuso sexual
  • Corrupción de menores, promoción o facilitación de la prostitución y explotación económica de la prostitución
  • Producción, comercialización, distribución o tenencia de representaciones sexuales de menores (material de abuso sexual infantil), y exhibiciones obscenas frente a menores
  • Sustracción o retención de personas para menoscabar su integridad sexual (rapto) y contactación electrónica a menores con fines sexuales (grooming)
  • Privación ilegal de la libertad personal, secuestro extorsivo o coactivo y desaparición forzada de personas
  • Reducción a esclavitud, servidumbre o trabajo forzado, y trata de personas con fines de explotación
  • Sustracción, retención u ocultamiento de menores de 10 años, aprovechamiento económico del trabajo infantil y amenazas
  • Alteración o supresión del estado civil o de la identidad de un menor de 10 años, fingimiento de preñez o parto, e intermediación o facilitación para la entrega irregular de niños

El registro de los profes en la nueva Ley del Deporte

Se reemplaza el antiguo carnet físico y los legajos en papel por el Registro Único Deportivo (RUD) digital, integrado a la plataforma estatal "Mendoza por Mí", que funcionará bajo la Subsecretaría de Deportes para inscribir, identificar y mantener actualizados los datos de personas e instituciones deportivas.

Nuevo Consejo Provincial del Deporte

Se reorganiza el Consejo como órgano asesor consultivo encabezado por el Subsecretario de Deportes, integrando representantes del área de Salud, universidades (públicas y privadas), municipios (uno por sección electoral) y entidades deportivas (Confederación Mendocina de Deportes, federaciones independientes y deporte adaptado/paralímpico).

Licencias deportivas

Para acceder a la licencia deportiva especial, se exige certificar el evento y acreditar la condición de deportista federado mediante la institución correspondiente.

Sanciones por faltas a la ética deportiva

La norma fija un mínimo de 1 año de inhabilitación para deportistas representativos que incurran en faltas al decoro o a la ética deportiva antes, durante o después de una competencia.

Si la falta es cometida por miembros no deportistas de la delegación, la inhabilitación mínima asciende a 2 años.

En pocas palabras

  • Ficha Limpia: rige nueva ley que exige certificado de antecedentes penales a profes y técnicos de menores.
  • Registro Digital: se implementa el RUD para inscribir y actualizar datos de personas e instituciones deportivas.
  • Sanciones Éticas: deportistas federados y delegados que falten al decoro serán inhabilitados de 1 a 2 años.
Resumen generado por Thinkindot AI

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