Coronavirus: cómo pagar las facturas en cuarentena y para quiénes rige la suspensión de cortes por 180 días

La prohibición de cortes por 180 días ante la falta de pago en los servicios fue dispuesta por el Gobierno nacional solo para usuarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad social. En un decreto se estableció quiénes están exceptuados de pagar las facturas y qué servicios abarca.

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El Decreto de Necesidad y Urgencia 311/2020 establece que "no se podrá disponer la suspensión o el corte de los servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas". Abarca servicios de luz, gas por redes, agua corriente, telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.

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La medida alcanza a las facturaciones con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, y además "quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso".

Qué usuarios residenciales están exceptuados de pagar sus facturas

  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
  • Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (esto es $33.750).
  • Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
  • Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios que perciben seguro de desempleo.
  • Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
  • Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
  • Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Qué usuarios no residenciales 

  • Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia.
  • Las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) afectadas en la emergencia.
  • Las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.
  • Las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Cómo pagar durante la cuarentena

Sin salir de la casa, se puede abonar a través de homebanking, billeteras virtuales o plataformas online de pagos.

También se puede pagar en Pago Fácil que estén atendiendo durante el aislamiento. Desde la empresa comunicaron que tienen ventanillas habilitadas en Correo Argentino, Carrefour Express, Cooperativa Obrera, Libertad, entre otras. Si bien opera en forma limitada, no dejó de hacerlo.

Mercado Pago permite

-Recargar teléfonos celulares (Claro, Movistar, Personal y Tuenti).
-Pagar cualquier tipo de servicio (del hogar, educativos, prepagas, tarjetas, entre otros).
-Recargar el servicio DIRECTV prepago.
-Enviar dinero a otros usuarios.

PagoMisCuentas.com

Es una herramienta que facilita que más de cuatro millones de usuarios por mes a paguen sus servicios.

Home Banking de Red Link

Los impuestos disponibles para pagar son Luz, Agua y Gas; Aportes AFIP; Telefonía; Operadores de TV; Patente e Infracciones; Impuestos Municipales; Impuestos Provinciales; Empresas de Seguridad; Tarjetas de Crédito; Seguros Préstamos; Medicina Prepaga y Obras Sociales; Asociaciones y Clubes; Instituciones Educativas; Cobranza para Empresas y Comercios; Seguros de Retiro; Internet y Telecomunicaciones; Planes de Ahorro; Administraciones y Consorcios; Impuestos Provinciales y Municipales, Internet y Comunicaciones, Administraciones y Consorcios.

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