Una prolongada controversia contractual desatada por las restricciones cambiarias y la interpretación de los pagos en moneda extranjera llegó a su fin en los tribunales bonaerenses. Un comprador que adquirió una vivienda en la ciudad de Tandil por un valor de US$90.000 financiada en cuotas mensuales logró un fallo favorable luego de que la vendedora intentara cancelar unilateralmente la operación y reclamara el desalojo del inmueble. El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de Tandil rechazó el pedido de anulación y ordenó a la titular registral otorgar de manera obligatoria la escritura traslativa de dominio.
Compró una casa en cuotas y la vendedora quiso anular la operación por el dólar: qué dijo la Justicia
El conflicto se desató cuando la propietaria rechazó las mensualidades en pesos al tipo de cambio intermedio y exigió dólares billete o la devolución del inmueble en 30 días

Compró una casa en cuotas y la vendedora quiso anular la operación por el dólar: qué dijo la Justicia
La operación inmobiliaria se formalizó el 21 de agosto de 2020 entre Lisandro Iván Zanazzi y Sandra Liliana Rolando. En aquel momento, en pleno escenario de aislamiento sanitario y restricciones en el mercado de divisas, las partes firmaron el boleto de compraventa fijando un esquema de pago escalonado:
Recomendadas
- Anticipo inicial: Una entrega de US$10.200 al momento de rubricar el compromiso.
- Saldo financiado: Un remanente de US$79.800, a cancelarse en cuotas mensuales consecutivas de US$400 a partir de diciembre de 2020.
- Fecha de escrituración: Se estableció originalmente como fecha de firma notarial el 21 de septiembre de 2020.
La disputa por la cotización: del acuerdo en pesos al reclamo en billete
La convivencia contractual marchó con normalidad durante los primeros meses. Para sortear el cepo cambiario, ambas partes habían acordado informalmente que las mensualidades de US$400 se abonaran en moneda nacional, aplicando una cotización intermedia entre el valor oficial y la cotización blue. Durante casi un año, el comprador transfirió los importes y la propietaria los recibió sin dejar constancia de reparos.
Sin embargo, el escenario cambió abruptamente en septiembre de 2021. La vendedora envió una intimación formal exigiendo que los pagos se realizaran de manera exclusiva en dólares billete estadounidenses, tal como se había consignado en el texto original del boleto. Ante la negativa del comprador de alterar la modalidad que venían implementando, la mujer notificó su decisión de rescindir el contrato por presunto incumplimiento y le concedió un plazo perentorio de 30 días para desalojar y restituir la casa.
Para respaldar su postura, la demandada alegó en sede judicial que nunca había prestado conformidad para la pesificación de la deuda y argumentó que suscribió la operación en plena pandemia sin el debido asesoramiento letrado. Frente a esta situación, el adquirente acudió a la vía judicial y continuó depositando mensualmente el equivalente de las cuotas bajo la modalidad de consignación judicial para no incurrir en mora.
Plazos independientes y diez días para otorgar la escritura
Al analizar la letra del acuerdo, la jueza María Silvia Guidoni desestimó la pretensión de rescisión de la vendedora. La magistrada remarcó que las partes nunca condicionaron el acto de la escrituración a la cancelación total de las cuotas pactadas a largo plazo, ya que ambos compromisos contaban con cronogramas y exigibilidades totalmente independientes entre sí.
Por tal motivo, el fallo determinó que el boleto de compraventa se mantiene plenamente vigente y le otorgó a la propietaria un plazo de diez días hábiles —a computarse una vez que la sentencia adquiera firmeza y el escribano designado cuente con la documentación en regla— para concurrir a firmar la escritura. Además, la resolución advirtió que, en caso de renuencia o negativa injustificada por parte de la mujer, el título de propiedad será otorgado de oficio por el propio juzgado a su costa.
En la misma sentencia, el tribunal desestimó un reclamo indemnizatorio complementario por $4.600.000 que había promovido el comprador por daños derivados de la demora, al entender que no se aportaron pruebas suficientes sobre perjuicios económicos concretos. Por último, la jueza le impuso la totalidad de las costas del juicio a la vendedora, aunque la decisión es de primera instancia y aún puede ser revisada por la Cámara de Apelaciones departamental.
En pocas palabras
- Vendedora intentó cancelar: El conflicto se originó cuando la propietaria rechazó cuotas en pesos y exigió dólares billete.
- Fallo favorable al comprador: La Justicia bonaerense ordenó otorgar la escritura traslativa de dominio de la casa en Tandil.
- Costas y apelación: La vendedora deberá pagar las costas del juicio, pero la decisión es apelable.