Un proyecto de ley ingresó en la Legislatura de Mendoza con el único objetivo de que quienes se postulen a cargos electivos no puedan tener procesos judiciales en su contra y para ello tiene como finalidad modificar la Ley Orgánica de Partidos con el fin de adicionar requisitos para los candidatos a cargos públicos.
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"La iniciativa busca que los partidos políticos no puedan registrar candidatos a cargos públicos electivos para las elecciones provinciales ni municipales a personas que tengan en su contra algún proceso judicial ni registros de antecedentes penales en los últimos diez años", se afirmó en un comunicado de prensa. "La iniciativa busca que los partidos políticos no puedan registrar candidatos a cargos públicos electivos para las elecciones provinciales ni municipales a personas que tengan en su contra algún proceso judicial ni registros de antecedentes penales en los últimos diez años", se afirmó en un comunicado de prensa.
El proyecto de ley fue presentando el martes por el diputado José Orts, quien expresó que "la sociedad reclama transparencia de la gestión pública y que es necesario que las personas que ejerzan cargos públicos demuestren dicho principio en sus actos y en su trayectoria".
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El diputado José Orts.
La Constitución de Mendoza dispone es su letra los requisitos para poder acceder al cargo de gobernador, vicegobernador, diputado, senador, tesorero general, contador general, magistrado de primera y segunda instancia, y otros cargos, pero "éstos no se verán modificados ni suprimidos por esta norma sino que será complementaria, ya que la iniciativa presentada sería una forma de adicionar requisitos", se aclaró.
Este proyecto, por un lado, busca modificar la normativa vigente electoral; y por el otro, quiere introducir "el concepto de transparencia en la gestión pública como compatibilidad y/o habilidad de los candidatos a ejercer cualquier cargo electivo de orden público", según el comunicado de prensa.
"La corrupción política hace referencia a los delitos cometidos por funcionarios y autoridades públicas que abusan de su poder e influencia al hacer un mal uso intencional de los recursos financieros y humanos a los que tienen acceso, anticipando sus intereses personales y/o los de sus allegados, para conseguir una ventaja ilegítima generalmente de forma secreta y privada", se afirma en el parte de prensa. "La corrupción política hace referencia a los delitos cometidos por funcionarios y autoridades públicas que abusan de su poder e influencia al hacer un mal uso intencional de los recursos financieros y humanos a los que tienen acceso, anticipando sus intereses personales y/o los de sus allegados, para conseguir una ventaja ilegítima generalmente de forma secreta y privada", se afirma en el parte de prensa.
Según manifestó el legislador que impulsó la normativa sería necesario "poner al día la legislación electoral a las necesidades y reclamos sociales vigentes. De esta manera, los partidos políticos o alianzas electorales serán responsables directos de exigir a los candidatos que presenten en sus listas para cualquier cargo electivo provincial y municipal, la presentación de la planilla de antecedentes (debe consignar la ausencia de registros de antecedentes penales en los últimos diez años) expedida por el Registro Nacional de Reincidencia o el que en su lugar lo reemplace".
Según se expresa en el proyecto es "imprescindible" realizar esta modificación porque existe un "ámbito de desigualdad". "Actualmente para ser empleado público se requieren mayores requisitos que para sus gobernantes elegidos por voto popular según lo establece el Estatuto del Empleado Público en el que se especifican condiciones y prohibiciones circunscriptas al ámbito judicial", se afirma.
“Esta reforma resulta justa, necesaria, equitativa, sobre todo para introducir el principio de la transparencia al acceso de los cargos públicos, siendo necesario contar con las condiciones impuestas. Entendemos así, que los Partidos Políticos son los responsables directos y sobre sus deberes y atribuciones recae esta reforma”, remarcó el impulsor de la iniciativa, el diputado José Orts. “Esta reforma resulta justa, necesaria, equitativa, sobre todo para introducir el principio de la transparencia al acceso de los cargos públicos, siendo necesario contar con las condiciones impuestas. Entendemos así, que los Partidos Políticos son los responsables directos y sobre sus deberes y atribuciones recae esta reforma”, remarcó el impulsor de la iniciativa, el diputado José Orts.
En el mundo
Brasil, Perú, México, Colombia, Uruguay, Honduras y Chile, ya cuentan con esta herramienta legislativa que estipula como condición no estar condenado por delitos de corrupción y otros reconocidos por los distintos compendios normativos de cada uno de ellos.
En el caso de Brasil, la normativa nació por el reclamo social, ya hace casi una década y la normativa pasó por todos los estratos de la justicia sin decaer como inconstitucional.
En Colombia, quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, no pueden postularse como legisladores.
En enero de 2019, Perú aprobó un proyecto de ley que impide que condenados por delitos de corrupción, terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación sexual puedan ser candidatos a cargos públicos de elección popular.
En cada uno de los países, el sentido es el mismo, no permitir el avance de la corrupción en la administración pública, oponiendo a los candidatos acceder a sus cargos electivos si hay condenas por delitos cometidos.