La veda electoral, establecida por el Código Electoral Nacional, comenzó 48 horas antes de las elecciones, en este caso legislativas que se llevarán adelante en todo el país el domingo 26 de octubre. Esto significa que los políticos no podrán hacer declaraciones en busca del voto de la gente, pero también implica otras normas que deben respetar todos los ciudadanos del país.
Comenzó la veda por las elecciones legislativas nacionales y provinciales del domingo
Desde las 8 no se escuchan más publicidades ni tampoco a los políticos en campaña por las elecciones. Pero no es lo único que implica la veda electoral
Los spots políticos que tanto sonaron en estas últimas semanas por todos los medios de comunicación, dejaron de ser emitidos desde las 8 de este viernes. Lo mismo pasa con los candidatos en campaña, quienes no podrán hacer más declaraciones hasta después de terminado el proceso electoral en la noche del domingo cuando se conozcan los resultados.
El único espacio que queda en un gris debido a que no está contemplado en el Código Electoral Nacional es en las redes sociales, donde el contenido ya generado sigue en circulación.
A nivel provincial, estas elecciones son para renovar las bancas de 24 diputados y 19 senadores, además de los 12 municipios que cambiarán concejales: Las Heras, Godoy Cruz, Capital, Guaymallén, Lavalle, San Martín, Junín, Tupungato, Tunuyán, San Carlos, General Alvear y Malargüe. Mientras que en el Congreso de la Nación se renuevan 127 diputados y 24 senadores, aunque en Mendoza esta última categoría no está.
Qué está prohibido y qué no durante la veda electoral
La veda en las elecciones dura 48 horas: arrancó a las 8 del viernes y termina 3 horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo. Durante ese período hay otras restricciones que afectan a toda la población.
Entre las cosas que no se pueden hacer son reuniones proselitistas, realizar actos públicos de campaña, la distribución de propaganda como tampoco abrir locales partidarios.
No se pueden realizar publicaciones, difundir encuestas, sondeos ni proyecciones de los resultados hasta terminada la veda electoral, 3 horas después de cerrados los centros de votación.
No se pueden vender bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado en supermercados, kioscos, como tampoco en bares o restaurantes, y los boliches no podrán abrir. El objetivo de esta medida es evitar cualquier tipo de disturbios durante el proceso electoral del domingo, pero esto no quita que no se pueda beber alcohol en los hogares.
Por más raro que suene, no puede haber depósitos de armas en 80 metros a la redonda de las escuelas donde la gente irá a votar, y está prohibido cargar o portar armas de fuego. Por esto mismo es que se refuerzan las medidas de seguridad en las elecciones.
Tampoco se pueden realizar espectáculos al aire libre o en espacios cerrados, eventos deportivos, actos religiosos o reuniones masivas que no tengan que ver con las elecciones hasta 3 horas después de cerrados los comicios.
Las multas por romper la veda en las elecciones
Cualquier ciudadano que incumpla con alguna de estas medidas puede ser multado o sancionado y hasta inhabilitado para ejercer cargos públicos, según establece el Código Electoral Nacional.
En el caso de partidos, candidatos o medios de comunicación, las multas pueden ir de $50.000 a $300.000, según la gravedad. En cambio para las personas, las sanciones económicas por violar la veda de las elecciones pueden ser $1.000 a $10.000 y, en casos reiterados, la inhabilitación temporal para ejercer cargos públicos o partidarios.





