El caso de Osvaldo Alejandro Longobuco Calidoni, de 75 años, va a quedar en la historia del sistema judicial argentino, ya que podría haber recuperado la libertad en 1996, cuando se le ofreció la libertad condicional, pero la rechazó, y en un acta firmada por él, manifestó el 11 de septiembre de ese año que no tenía posibilidad de fijar un domicilio para seguir cumpliendo con su pena.
Longobuco había sido detenido el 28 de febrero de 1979 por el crimen de Elvira Casimira Orellana, y en diciembre fue condenado a reclusión perpetua por el delito de "homicidio agravado por el vínculo".
El 8 de octubre de 2001, pasados los cinco años de la obtención de la libertad condicional -a la que nunca accedió- se produjo la extinción de la pena, pero el hombre quiso seguir en su celda del pabellón 16 de la Unidad Penal N° 2 del Servicio Penitenciario Bonaerense, en Sierra Chica, Olavarría.
El ya casi octogenario prisionero le había manifestado hace 10 años al defensor general adjunto del Departamento Judicial de Morón, Gustavo Giachino, que no tenía contactos con sus hijos, ni amigos y que no recibía visitas.
El juez que dictó la excarcelación de Longobuco, Alejandro Horacio Lago, explicó en una entrevista a Diario Clarín que "no puedo desconocer lo humano, en cuanto decía y expresaba al Defensor General local que el penal, es su lugar, donde es seguro, que tendrá comida, techo y vinculación social. Pero esa circunstancia de encierro no puede prolongarse”, explicó el magistrado.
Sin embargo, el juez Lago libró un oficio dirigido al Patronato de Liberados, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia, y al Municipio de La Matanza, para que tomen medidas que eviten que Longobuco quede en situación de calle.