Casi el 40% de los casos de violencia de género en entorno digital se produce en Instagram y más de la mitad son realizados por ex parejas de las víctimas, según datos del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.
La brutalidad de la vida online: las consecuencias de ejercer la violencia de género en las redes
Desde el Observatorio de Cibercrimen y Evidencia Digital (Ocedic) en Instagram se registra una de las formas más habituales de suplantación de identidad de la víctima, donde se publica contenido sexual sin su consentimiento.
“En todo lo que tiene que ver con discursos de odio, atacar violentamente, Twitter está a la cabeza. Muchas veces se hace uso del anonimato. Y todo lo que tiene que ver con la difusión de videos y contenidos no consentidos es en Telegram donde hay grupos dedicados a eso” explicó al programa Mediodía de Radio Nihuil, la Licenciada en Comunicación Social, Romina Zapata, Integrante de GENTIC (organización de género activista feministas contra la ciberviolencia de género y promoción de los derechos digitales de mujeres y comunidad LGTTBIQ+).
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Según ONU Mujeres, la violencia de género digital es la que se ejerce a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Se basa en una relación desigual de poder entre varones y mujeres, y está presente en las formas que asume la violencia de género física, psicológica y sexual.
Este tipo de violencia no es un uniforme y adquiere diferentes modalidad. La más conocida es la difusión de material íntimo no consentido, pero también figura el acoso virtual, los discursos de odio en línea, la difusión no consentida de datos personales, el ciberflashing (envío no consentido de imágenes de desnudez), amenazas, extorsiones, entre otras formas.
“El daño es muy profundo porque se puede viralizar y masificar el contenido en cuestión de segundos y además porque se pierde el control de adónde va a parar eso. Tenemos compañeras que han sido víctimas de estas violencias donde muchas años después vuelven a aparecer sus videos. Esto genera consecuencias a nivel psíquico muy grave como depresión, pánico, ansiedad, muchísimo estrés, incluso suicidio” explicó Zapata.
La especialista contó que este tipo de violencia se desprende de la analógica, o situaciones de la vida real. El maltratador o violento inicia la sextorsión, con amenazas de “si no hacés tal cosas voy a difundir un video o foto” y en ese no hacer tales cosas van desde pedidos de dinero hasta tener relaciones sexuales con esa persona. Finalmente lo terminan viralizando.
En un altísimo porcentaje quien ejerce la violencia de género digital es ex pareja.
Pero atención, porque también se da una forma indirecta de violencia cuando todas las personas se vuelven cómplices de la situación y terminan viralizando ese contenido. Incluso sabiendo que la mujer no dio su consentimiento.
“Recordemos que es algo que ocurre en el marco de una cultura machista y muchas veces se toma como algo gracioso: 'bueno, voy a compartir en el grupo de los pibes, fotos de la chica con la que estoy saliendo'. También hay mujeres que se prenden. Sí, las principales afectadas somos las mujeres, la cultura que tenemos dice que nuestro cuerpo es objeto de consumo, muchas mujeres que disfrutan su sexualidad y se sacan fotos eróticas luego son castigadas de esta manera, exponiéndolas, humillándolas y las consecuencias cada vez son más graves” explicó Romina Zapata
Otra situación atroz que se da en el país es que muchas personas cometen violencia sexual directa y lo transmiten o suben esos videos del momento de la violación o las comercializan en páginas de contenidos pornográficos o en Telegram. Y millones de personas de prenden a ver esos contenidos que tienen que ver con delito terrible.
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Actos violentos naturalizados: consecuencias tremendas
La inmaterialidad del mundo digital articula con la imposibilidad de que lo que ocurre allí, en esa realidad virtual, tenga consecuencias en la vida real. A pesar de las terribles consecuencias para la víctima, la agresión hoy está subestimada. Incluso estos actos violentos están naturalizados.
La violencia online tiene consecuencias psicológicas, que incluyen ataques de pánico, trastorno de ansiedad, consumos problemáticos, falta de vínculos, inconvenientes para interactuar con familiares y amigos en incluso el suicidio.
“Las consecuencias no sólo se producen a nivel de la salud mental, sino también de la pérdida del trabajo porque los videos se viralizan en grupos laborales. Entonces las mujeres renuncian o las expulsan. Incluso tiene consecuencias en futuros trabajos porque cuando vas a un nuevo puesto hoy te stalkean en las redes. Y si de repente aparece que se ha difundido un video íntimo tuyo es muy probable que no te contraten. Consecuencias económicas porque las víctimas tienen que pagar asesoramiento legal. Consecuencias hasta en la vida cotidiana como cambiar de transporte por miedo a cruzarse con el acosador” explicó la licenciada Zapata
Argentina sin regulación ni penalidades
En el país existe un vacío legal que impide sancionar la violencia digital, que como explicamos se desprende en la mayoría de los casos de violencia de género en el mundo analógico.
“Nosotras estamos proponiendo una reforma integral porque entendemos que dentro de las formas de violencia tradicional muchas de las formas de violencia sexual, psicológica, incluso la física se han trasladado a los espacios virtuales. En ese entorno se están dando muchas violencias de género. Por lo tanto, a la ley que ya tenemos de -Protección Integral de las Mujeres-, que contempla una serie de ámbitos en los cuales se dan estas violencias como son el doméstico, laboral, institucional, se deben incorporar el ámbito digital” explicó Zapata.
Actualmente la difusión de contenido íntimo sin consentimiento no está tipificada como delito.
Sólo es una contravención en CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Chaco. En Mendoza hay algunos proyectos para que se considere una contravención pero no así un delito. Sin embargo, estos hechos generalmente están acompañados de otras acciones que sí son delitos y están tipificadas en el Código Penal como son las amenazas y la extorsión.
Sí es un delito la suplantación de identidad cuando alguien se hace pasar por otra persona en las redes sociales.
“Lo que ocurre es que los otros hechos no están tipificados. Por eso necesitamos una norma específica, no solo que nos permita visibilizar y concientizar, sino mejor abordaje para la víctima” afirmó Romina Zapata
Ley Belén y Ley Olimpia
Ley Belén: Belén San Román era policía de la localidad bonaerense de Bragado. Tenía 25 años cuando se suicidó en 2020 tras sufrir la sextorsión por parte de su ex pareja. Cuando decidió terminar la relación, el hombre, un interno que conoció en las redes sociales, la amenazó con publicar fotografías íntimas y hasta un video suyo que había conseguido sin su consentimiento, de una videollamada que tuvieron. Belén llegó a vender su auto para pagarle a Tobías Villaruel lo que pedía. A pesar de eso, el recluso publicó el material no consentido en las redes y en grupos entre los vecinos de la ciudad en la que ella trabajaba como policía. Meses después la humillación y la vergüenza la llevaron a decir quitarse la vida. Belén era madre de dos hijos y con 25 años, claramente tenía toda la vida por delante.
Como explicamos más arriba, hoy la viralización de material sin consentimiento no es delito. Eso podría cambiar si el Congreso aprueba el proyecto que busca penalizar la obtención y difusión no consentida de material íntimo. Al proyecto se lo conoce como Ley Belén y establece penas de hasta tres años de prisión.
Olimpia. Olimpia Coral Melo, una activista mexicana, que hoy tiene 27 años, a sus 18 fue víctima de violencia de género pero de una forma que en ese momento no tenía nombre: la violencia sexual digital. Su ex pareja difundió en internet un video sexual íntimo que había grabado con un teléfono celular. La imágenes se viralizaron en plataformas como Facebook, Twitter e Instagram, incluso llegaron a estar disponibles en varias páginas de pornografía y hasta se convirtieron en tendencia con el hashtag #OlimpiaLaGordibuenaDeHuachinango.
La persecución y estigmatización que sufrió Olimpia fue tan grande que abandonó la escuela y el trabajo. Pasó ocho meses sin salir de su casa y hasta tuvo tres intentos de suicidio.
Pero Olimpia logró salir de la vergüenza donde el patriarcado la había colocado, para resignifcar lo que vivió en términos políticos y sociales y logar un cambio en la legislación de su país tras un traumática experiencia.
Junto a otras mujeres y movimientos feministas logró en 2020 una histórica reforma que castiga con hasta 6 años de cárcel, la violencia digital, mediática, el acoso y la producción o difusión de contenido sexual de videos, audios o fotografías de una persona adulta sin su consentimiento.
En Argentina gracias a la iniciativa de la Organización Género y TIC (GENTIC) y el grupo Ley Olimpia Argentina, materializaron dos proyectos que ya que se prepara el Congreso para debatir: la Ley Olimpia y la Ley Belén.
Ley Olimpia
La Ley Olimpia propone modificaciones en la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, para que se incorporen los espacios digitales como ámbitos en los que puede ejercerse violencia.
Además introduce la definición de “violencia digital en línea” como “aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique el uso de las tecnologías de la información y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas, o situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual o acciones que atenten contra la integridad sexual y la identidad digital de las mujeres, así como cualquier otra que pueda surgir a futuro y que afecte los derechos protegidos por esta ley”.
Ley Belén
Esta iniciativa propone modificaciones en el Código Penal de la Nación para prever penas de prisión de tres meses a tres años y elevar las multas establecidas.
Además la ley prevé instancias de prevención desde todas las instituciones, especialmente la escuela.
Como hemos venido planteando, las víctimas que sufren este tipo de violencias digitales además de la vergüenza, desprotección y angustia, sufren consecuencias psicológicas y económicas. Por eso es importante que los legisladores que deberán tratar estos proyectos en el Congreso se den el espacio para hacer no solo un cambio cultural y social sino en la legislación, porque estos hechos ya no pueden seguir impunes.
En numerosos casos de restricción de acercamiento, el violento los viola con estas acciones en las redes, que sabe, quedan impunes.
Las niñas, mujeres y disidencias deben estar seguras en internet. Las redes no sólo están para un momento social lúdico, sino son un ámbito de interacción, aprendizaje, estudio y trabajo. Por eso, los legisladores deben dejar de lado sus egoísmos partidarios y escuchar y entender a las víctimas.
En México, tras la reforma al Código Penal por la Ley Olimpia, además de los cambios punitivistas, hubo modificaciones en el lenguaje de los medios y hasta un cambio de conciencia pero desde la raíz.
Cuenta Olimpia Coral Melo, que en su país, “los canales de televisión ya no pueden difundir videos no consentidos. Se ha cambiado el lenguaje, la gente incorporó el chip de que está mal”.
La reforma de México es la única en el mundo que habla desde el sentir de las víctimas, reivindica lenguajes y reapropia una manera diferente de aprender sobre esta violencia. Argentina también puede seguir su ejemplo.
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