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El caso que resolvió la Suprema Corte de Justicia ocurrió en el Poliguay de Guaymallén.
El fallo fue unánime y dejó firme dos sentencias anteriores en primera y segunda instancia, a cargo de un Juzgado Civil y de una Cámara de Apelaciones.
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El caso que resolvió la Suprema Corte de Justicia
La demanda civil contra la Liga Mendocina de Fútbol y la AFA llegó a la Justicia como consecuencia de los graves incidentes ocurridos el 26 de diciembre de 2013, durante el partido definitorio entre Municipalidad de San Martín y Poliguay en el predio de este último.
Aquella noche, a eso de las 23.30, un matrimonio y su hijo de 5 años estaban entre el público cuando irrumpieron violentos con camisetas del club Argentino. Portaban palos, piedras y armas de fuego y causaron una batahola que incluyó un enfrentamiento con hinchas de Independiente Rivadavia que alentaban al local. Hubo balacera y el público huyó como pudo.
Un espectador identificado como Gustavo Pelegrina murió de un balazo.
Cerca de los portones de salida se produjo una avalancha, el menor de edad cayó, fue pisoteado y sufrió la fractura de una pierna.
Qué dijo la Justicia
La Suprema Corte de Justicia avaló dos sentencias previas, que en los tramos más importantes indicaron, entre otras consideraciones:
"Quedó acreditado en el expediente que la Liga Mendocina obró como organizadora e infringió la obligación de seguridad a su cargo, al decidir no contratar personal policial para cubrir el evento pero también al permitir el ingreso de personas que portaban elementos prohibidos y potenciaron el riesgo de que se produjeran los disturbios que causaron el daño. Esto importa que dichos precedentes no eran de aplicación al caso en tanto se trataba de “organizadora del espectáculo deporitivo” "Quedó acreditado en el expediente que la Liga Mendocina obró como organizadora e infringió la obligación de seguridad a su cargo, al decidir no contratar personal policial para cubrir el evento pero también al permitir el ingreso de personas que portaban elementos prohibidos y potenciaron el riesgo de que se produjeran los disturbios que causaron el daño. Esto importa que dichos precedentes no eran de aplicación al caso en tanto se trataba de “organizadora del espectáculo deporitivo”
"De las pruebas rendidas surge que el poder de vigilancia se trasladó a la Liga Mendocina de Fútbol, quien tuvo injerencia en el mismo por ser la organizadora del evento y haber obtenido un beneficio económico destinado justamente a gastos de seguridad" "De las pruebas rendidas surge que el poder de vigilancia se trasladó a la Liga Mendocina de Fútbol, quien tuvo injerencia en el mismo por ser la organizadora del evento y haber obtenido un beneficio económico destinado justamente a gastos de seguridad"
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