Amparo federal

La Justicia rechazó un reclamo de $13.000 millones de Ecogas al Estado nacional por la Zona Fría

Ecogas había reclamado, a través de un amparo, una deuda del Estado nacional por compensaciones tarifarias ligadas a la Zona Fría

El régimen de Zona Fría en Mendoza se encuentra en debate en el Congreso con un proyecto con media sanción de Diputados que busca eliminar el beneficio para la mayor parte de la provincia, exceptuando al departamento de Malargüe.

La distribuidora de gas natural Ecogas reclamaba esa cifra varias veces millonaria por "retrasos en las compensaciones tarifarias, argumentando que este desajuste financiero afectaba su capacidad de pago a proveedores".

El juez federal Pablo Quirós rechazó el reclamo de $13.000 millones de Ecogás al Estado nacional por compensaciones tarifarias del régimen de Zona Fría.

El rechazo judicial a Ecogas por casi $13.000 millones

El magistrado federal rechazó la acción de amparo porque, consideró, "no se evidenció una ilegalidad manifiesta ni una omisión estatal clara que justificara esta vía judicial excepcional".

"La complejidad administrativa del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas requiere un debate jurídico más profundo y pruebas que exceden el marco de un amparo", dijo el juez Quirós, que aseguró que no está en riesgo la continuidad del servicio de gas natural.

En el fallo de rechazo de la acción de amparo presentada por Ecogas contra el Estado nacional, el titular del Juzgado Federal 2 señaló que la distribuidora de gas "no logró acreditar de manera clara y evidente una arbitrariedad o una conducta omisiva imputable al Estado Nacional que justificara habilitar la vía judicial excepcional del amparo".

Ecogás reclamó una deuda de $13.000 millones al Estado nacional por las tarifas en la Zona Fría, pero la Justicia Federal rechazó el amparo.

  • Complejidad del sistema que exige mayor debate y prueba: el mecanismo de compensaciones del Fondo Fiduciario involucra a diversos organismos estatales (como la Secretaría de Energía, Enargás y el Banco Nación) y requiere un circuito administrativo con distintas etapas, por ello, el tribunal consideró que el asunto presenta una complejidad técnica e institucional cuyo análisis excede los límites acotados de un proceso de amparo.
  • Insuficiencia probatoria: la prueba acumulada en el expediente (que incluyó registros bancarios de transferencias realizadas en mayo y junio de 2025, así como una pericia contable) no permitió arribar a una conclusión indubitable sobre la cuantía o continuidad del incumplimiento denunciado. Además, si bien la pericia confirmó la existencia de demoras en los reintegros, no pudo atribuir la responsabilidad jurídica de los atrasos a un organismo en particular.
  • Falta de perjuicio constitucional inminente o riesgo en el servicio: aunque la empresa argumentó que la falta de pagos le causó un descalce financiero frente a sus proveedores (productores y transportistas de gas), el tribunal determinó que ese impacto en la liquidez no constituía una lesión constitucional inevitable.

Dado que las dificultades financieras invocadas no alcanzaron el nivel de certeza y gravedad exigido por la norma, la Justicia rechazó la demanda con costas a cargo de la distribuidora.

Qué es el régimen de Zona Fría

Enmarcado en la ley 25.565, el régimen de Zona Fría es un sistema estatal que establece descuentos sobre la tarifa del servicio de gas para los usuarios residenciales.

Opera bajo los siguientes puntos:

  • Mecanismo de subsidio: la diferencia entre la tarifa completa y el monto reducido que paga el usuario beneficiario es compensada posteriormente a las empresas distribuidoras
  • Fondo de financiamiento: estos reintegros se canalizan a través del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas
  • Circuito administrativo: el procedimiento de verificación y pago de las compensaciones prevé un plazo de 30 días e involucra la gestión conjunta de la Secretaría de Energía, el Enargas y el Banco Nación

En pocas palabras

  • Justicia rechazó: Ecogas un reclamo millonario al Estado nacional por la Zona Fría. 
  • Amparo desestimado: El juez Pablo Quirós consideró que no hubo ilegalidad manifiesta ni omisión estatal.
  • Complejidad judicial: El magistrado indicó que el tema requiere un debate jurídico más profundo y pruebas.
Resumen generado por Thinkindot AI

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