2) Que no evitaron esa conducta delictiva.
A los acusadores les enrostraron que las pruebas ofrecidas contra las imputadas fueron "profusas, confusas y de muy baja calidad" y que sirvieron para "sembrar el desconcierto".
"La prueba imprecisa sólo siembra duda y conduce -por imperativo legal- inexorablemente a la absolución o declaración de no culpabilidad de las personas acusadas" "La prueba imprecisa sólo siembra duda y conduce -por imperativo legal- inexorablemente a la absolución o declaración de no culpabilidad de las personas acusadas"
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Testigos que no dijeron lo que esperaban los fiscales
Analizadas estas pruebas caso por caso y causa por causa contra todas y cada una de las imputadas, las magistradas del Tribunal coincidieron, en fallo unánime, en que la parte acusadora -representada por los fiscales Gustavo Stroppiana y Alejandro Iturbide- ofrecieron, entre otras pruebas, testimonios que terminaron favoreciendo a las acusadas.
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Alejandro Iturbide, uno de los fiscales del caso Próvolo, que pidió cárcel para 3 de las 9 imputadas.
Foto: Nicolás Ríos/Diario UNO
Como el caso de dos religiosos, de apellidos Manresa y Aguado, quienes manifestaron que nunca nadie les dijo nada acerca de conductas delictivas adentro del Próvolo de Luján. Más aún: hablaron maravillas del funcionamiento de la institución y del trabajo social de las juzgadas.
"(Hubo) dos testimonios que evidenciaron, de manera prístina, y que beneficiaron en todas sus manifestaciones a las señoras Kosaka y Martínez, pero que paradójicamente, fueron ofrecidos por las acusadoras. De este modo, entendemos, quedó en evidencia una grave falencia en la acusación: no tener una teoría del caso clara" "(Hubo) dos testimonios que evidenciaron, de manera prístina, y que beneficiaron en todas sus manifestaciones a las señoras Kosaka y Martínez, pero que paradójicamente, fueron ofrecidos por las acusadoras. De este modo, entendemos, quedó en evidencia una grave falencia en la acusación: no tener una teoría del caso clara"
Preocupante es un calificativo que las juezas que absolvieron a las 9 imputadas utilizan a través de los fundamentos al momento de referirse al trabajo de los fiscales.
Hicieron hincapié, además, en el testimonio de la madre de una víctima de abuso sexual de parte del cura Horacio Corbacho -condenado y preso en el primer megajuicio del caso Próvolo-.
En el debate, cuando fue interrogada acerca de la conducta de Kosaka, dijo que, según su hija, la mujer declaró que la monja "le había dado unos chirlos y le había tirado del cabello al peinarla". Pero nada acerca del conocimiento ni de la omisión de los abusos.
La visión del túnel y el impacto en el caso Próvolo
El Tribunal indicó que los fiscales acusadores introdujeron "prueba confusa por una cuestión vinculada a la interpretación que realizaron de esos elementos; el sesgo cognitivo limitó o impidió a las acusadoras hacer una valoración conforme las reglas de la sana crítica racional".
Y valiéndose de una conducta humana conocida como "la visión del túnel" dijeron que los fiscales investigadores centraron sus sospechas sobre las imputadas, filtraron y seleccionaron pruebas "para construir un caso para la condena mientras se ignora o suprime la evidencia que aleja la culpabilidad".
"La visión del túnel, desde lo jurídico, constituye una de las principales causas del error judicial y tiene efectos particularmente perniciosos en el sistema de justicia penal y suele implicar a investigadores, fiscales, jueces y abogados defensores a centrarse en una conclusión particular y luego filtrar todas las pruebas de un caso a través de la lente proporcionada por esa conclusión" "La visión del túnel, desde lo jurídico, constituye una de las principales causas del error judicial y tiene efectos particularmente perniciosos en el sistema de justicia penal y suele implicar a investigadores, fiscales, jueces y abogados defensores a centrarse en una conclusión particular y luego filtrar todas las pruebas de un caso a través de la lente proporcionada por esa conclusión"
El video de los niños que bailaban
Videos y posteos publicados en las redes que fueron difundidos en el debate son algunos de los elementos de prueba que, según el Tribunal, fueron analizados y presentados contra las acusadas pero que, sin embargo, no registraban contenidos reprochables "ni obscenos ni libinidosos".
"Trajeron a debate un video –supuestamente filmado por el sacerdote Corbacho en su habitación-, en donde se ve a varios niños bailando un tema musical; los niños están vestidos, y bailan observando el monitor de una computadora pues surge evidente que se están mirando en él; los niños bailan y se empujan y se divierten; la puerta de la habitación de Corbacho está abierta; una de las niñas aparece por esa puerta con distinta ropa, dando la sensación de que sale de la habitación, se cambia y vuelve a entrar para seguir bailando; una nena con un crucifijo, se acerca bailando al monitor y besa el crucifijo. Queremos reiterar que los niños están vestidos y bailando, jugando entre ellos como cualquier otro niño o niña en una situación de libre diversión; en ningún momento se puede advertir un movimiento o tan solo un gesto obsceno de nadie (salvo que confundamos una supuesta “irreverencia” de la nena que bailaba y besaba la cruz con algún desborde sexual), y recalcamos: la puerta de la habitación abierta, es decir: cualquiera podía ver cómo se entretenían los chicos" "Trajeron a debate un video –supuestamente filmado por el sacerdote Corbacho en su habitación-, en donde se ve a varios niños bailando un tema musical; los niños están vestidos, y bailan observando el monitor de una computadora pues surge evidente que se están mirando en él; los niños bailan y se empujan y se divierten; la puerta de la habitación de Corbacho está abierta; una de las niñas aparece por esa puerta con distinta ropa, dando la sensación de que sale de la habitación, se cambia y vuelve a entrar para seguir bailando; una nena con un crucifijo, se acerca bailando al monitor y besa el crucifijo. Queremos reiterar que los niños están vestidos y bailando, jugando entre ellos como cualquier otro niño o niña en una situación de libre diversión; en ningún momento se puede advertir un movimiento o tan solo un gesto obsceno de nadie (salvo que confundamos una supuesta “irreverencia” de la nena que bailaba y besaba la cruz con algún desborde sexual), y recalcamos: la puerta de la habitación abierta, es decir: cualquiera podía ver cómo se entretenían los chicos"
"No muestran conductas inapropiadas, juegos eróticos, actos corruptores, o algo, aunque más no sea una mirada lasciva o con connotación sexual. Sólo a partir de un sesgo de confirmación que haga perder objetividad, pueden percibirse esas evidencias –absolutamente inocuas- como elementos con contenido sexual" "No muestran conductas inapropiadas, juegos eróticos, actos corruptores, o algo, aunque más no sea una mirada lasciva o con connotación sexual. Sólo a partir de un sesgo de confirmación que haga perder objetividad, pueden percibirse esas evidencias –absolutamente inocuas- como elementos con contenido sexual"
"Se han demonizado situaciones simples, de la vida cotidiana de cualquier escuela; o por lo menos, no pudieron las partes acusadoras explicar desde lo racional el motivo por el cual se podría haber asignado algo sexual o corruptor a esas pruebas. Preocupante" "Se han demonizado situaciones simples, de la vida cotidiana de cualquier escuela; o por lo menos, no pudieron las partes acusadoras explicar desde lo racional el motivo por el cual se podría haber asignado algo sexual o corruptor a esas pruebas. Preocupante"
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