Tragedia en la escuela

Otra muerte en Educación Física, una investigación en curso y la ley detrás del fin del apto médico

La muerte del alumno de la escuela Bonetti se suma a la del de Ecovida, en 2025. En ambos casos, contaban con patologías: qué dice la ley que aplica la DGE

El proyecto salió del Ministerio de Salud. El Senado de Mendoza lo aprobó por unanimidad. Desde entonces - agosto de 2024, con lógica aplicación a partir del ciclo lectivo 2025-, la Dirección General de Escuelas (DGE) solo exige una declaración jurada de papá o mamá (una ficha con cruces que dice que el chico está ok y su firma) para que los alumnos de todos los niveles puedan hacer actividad física en el colegio.

Desde la entrada en vigencia de la nueva ley, murieron dos adolescentes en plena clase de Educación Física. Uno el año pasado en el colegio Ecovida de Godoy Cruz, otro este jueves. Ambos habían presentado la declaración jurada. Ambos tenían patologías previas.

La escuela Valentín Bonetti, a la que asistía el joven de 15 años que murió este jueves, aclaró por comunicado que la familia “había presentado el apto de su hijo según normativa vigente”.

Ese “apto” al que se refirió la institución sería la ficha del anexo II de la DGE firmada por uno de sus progenitores, en la que estaba marcado el “sí” en “asma” y una autorización para realizar práctica de actividad "leve".

escuela valentin bonetti
La escuela Bonetti a la que asistía el adolescente que murió este jueves está cerrada por duelo.

La escuela Bonetti a la que asistía el adolescente que murió este jueves está cerrada por duelo.

Lo que aún no está claro -en base a la información recabada por Diario UNO hasta el momento- es si medió o no pedido del colegio para la presentación de un apto físico médico extra con posterioridad a esa DDJJ; y por qué, en su caso, la familia no llegó a entregarlo.

Con el fin de determinar si existió alguna responsabilidad en la muerte del menor, o si fue solo una tragedia, hay una investigación penal abierta, a cargo de la fiscal de Homicidios Andrea Lazo. Tras la presentación de documentos y la toma de declaraciones de testigos que comenzó este mismo viernes, habrá un panorama más claro al respecto.

La ficha de salud de la DGE

Las páginas 8 y 9 de ese anexo son las que funcionan como declaración jurada de los responsables del menor. Se deben presentar en la escuela a principio de cada ciclo lectivo.

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En ellas una leyenda reza: “Los abajo firmantes asumen Ia responsabilidad de informar las condiciones de salud solicitadas (…) En caso de contestar afirmativamente a alguno de los ítems, deberán presentar con la ficha el Certificado Médico en que se indique diagnóstico e indicación expresa de las limitaciones del estudiante para actividades escolares”.

Además, la DGE “sugiere el control médico anual de los alumnos”.

ficha de salud alumnos dge ddjj

Aparte, existe un tercer formulario de salud, pero es solo para los papás de estudiantes de Educación Especial. En ese caso sí se pide que esté firmado por un médico.

Y, excepcionalmente, para las salidas escolares, uno de los padres debe firmar otra ficha, también con casilleros, y una última pregunta clave: “¿Está apto para realizar ejercicio físico?”.

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Como complemento de estas fichas que quedan en el colegio y se presentan en la DGE, cada institución puede –o no- exigir algún control extra, presentación de certificados de pediatras o clínicos, o aptos físicos completos, que suelen incluir desde control oftalmológico hasta cardiológico.

Qué exige la DGE para que los chicos realicen Educación Física en la escuela

Por aplicación de la ley provincial, la consigna de la DGE para los directivos y supervisores es: “Se encomienda a los directores de línea y supervisores a cumplir con la Ley 9564, que en su artículo 02 propicia: ‘Los niños, niñas y adolescentes sin antecedentes familiares ni personales patológicos y con control de salud integral periódico dentro de parámetros normales, quedan exentos de presentar electrocardiograma (ECG) y el apto físico para la realización de actividad física escolar, a excepción de los adolescentes, que por enfermedades cardíacas de origen genético se recomienda solicitar un electrocardiograma (ECG) si el paciente no tiene uno previo realizado en la etapa pospuberal’."

Por lo cual -indica la DGE a los colegios- "la institución escolar sólo deberá solicitar, a excepción de lo indicado por el artículo 02, una declaración jurada firmada por sus padres y/o tutor legal del alumno”.

Esa comunicación llegó a cada una de las escuelas a fines del 2024, recordando entonces la entrada en vigencia de la nueva ley impulsada por el Ejecutivo provincial y sancionada en la Legislatura.

Por qué no se exige más el apto médico: recomendación de los pediatras

Al momento de su sanción, el oficialismo explicó que la nueva norma transfería competencias del Ministerio de Salud al de Educación porque la actividad física en contexto escolar no es competitiva. El objetivo, entonces, era que los chicos pudiesen participar de las actividades respaldados por la declaración jurada de alguno de sus padres, cuando no existiesen antecedentes patológicos y mantuvieran un control de salud periódico.

“La ley no alterará el cuidado de la salud”, consideró la senadora Mariana Zlobec. “El objetivo es reducir barreras administrativas para que los jóvenes puedan disfrutar de los beneficios de la actividad física desde una edad temprana, sin comprometer su seguridad”, decía, entendiendo que, como regla general, la práctica de educación física en la escuela no debe verse condicionada por la realización de controles médicos.

Ese principal argumento del Ejecutivo tiene su base en la recomendación de la Asociación de Pediatría, que señala: "Ante el riesgo representado por el sedentarismo, se resalta la importancia de la educación física escolar como herramienta de salud y la jerarquización de profesores y licenciados que imparten esta asignatura".

Dicen los médicos que "la constancia de salud debe exigirse como parte de la documentación anual que presenten los alumnos, no siendo limitante para participar de las clases de Educación Física", y que "solo se excluirá de la participación en forma transitoria o permanente de dichas clases a aquellos niños, niñas o adolescentes que presenten una constancia médica que así lo indique".

Los profesionales señalaron en el documento que adoptó el Ministerio de Salud para impulsar la norma que ahora aplica la DGE, que "dada la baja incidencia de eventos graves en estas edades durante la realización de ejercicios físicos, es mucho mayor el riesgo que representa el sedentarismo".