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Los padres ya no tendrán que presentar certificado médico para que sus hijos realicen actividad física en los colegios.
Carina Ortega, coordinadora de Educación Física de la DGE, aportó que esta nueva reglamentación "intenta estimular que todos los niños, niñas y adolescentes de nuestra provincia puedan realizar actividad física sin trabas o impedimentos sobre todo administrativos".
No obstante, la funcionaria destacó la importancia de los controles anuales de salud integral en los menores. "Para llegar a esta instancia de no presentar certificado médico vamos a solicitar una declaración jurada del padre, madre o tutor del alumno, donde el adulto responsable informa que el niño está en condiciones de realizar actividad física y se hace cargo de esa situación", anunció Ortega desde la DGE.
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La idea es agilizar el acceso al ejercicio físico en las escuelas
De este modo, lo que se busca con esta nueva ley provincial es facilitar una tarea administrativa que permita que el alumno de escuela primaria o secundaria que se encuentra sano realice actividad física en el colegio sin tener que hacer ningún trámite médico específico.
"Ese es el principal objetivo, además desde la Dirección General de Escuelas (DGE) estamos terminando esa normativa que en estos días será compartida a todos los establecimientos educativos de nuestra provincia", anticipó la responsable del área de Educación Física de la DGE sobre la sanción de esta ley que pronto entrará en vigencia.
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El ejercicio físico es fundamental para el desarrollo integral y el bienestar en la salud de los niños y adolescentes.
Esta norma que se aplicará en la reglamentación educativa de Mendoza fue aprobada por unanimidad tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores. Su intención es fomentar la actividad física en los niños y adolescentes escolarizados, fomentando la salud infantil y juvenil como garantía del desarrollo integral y el bienestar de los chicos.
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La ley alcanza establecimientos educativos y sanitarios
"El Estado debe promover la realización del control integral de salud periódico a todos los niños, niñas y adolescentes sin que su realización condicione la práctica de educación física", destaca el texto de la ley.
Y detalla: "Los niños, niñas y adolescentes sin antecedentes familiares ni personales patológicos y con control de salud integral periódico dentro de parámetros normales, quedan exentos de presentar electrocardiograma (ECG) y el apto físico para la realización de actividad física escolar"; al tiempo que aclara que serán exceptuados "los adolescentes que por enfermedades cardíacas de origen genético se recomienda solicitar un electrocardiograma (ECG) si el paciente no tiene uno previo realizado en la etapa pospuberal".
Ley actividad fisica en las escuelas.pdf
Esta nueva ley será aplicada "en todos los establecimientos de educación y de salud, sean públicas o privadas de la Provincia de Mendoza, que realicen actividad física y que se encuentren bajo la jurisdicción del Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza y del Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y Dirección General de Escuelas o los organismos que en el futuro los reemplacen".
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