El gobierno nacional dispuso que los vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina incorporen de forma obligatoria leyendas e imágenes gráficas de advertencia sobre los riesgos que genera su consumo en la salud humana. La medida busca adecuar los envases comerciales a las exigencias de la normativa sanitaria vigente en todo el territorio del país.
Oficializan alertas obligatorias para cigarrillos electrónicos y vapeadores
El Ministerio de Salud dispuso que los cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina lleven textos e imágenes de advertencia sobre sus riesgos

Buscarán concientizar contra el tabaquismo con mensajes en los productos de cigarrillos electrónicos o vapeadores.
En mayor Salud ya había derogado las prohibiciones absolutas que regían desde hace más de una década para estos productos, con el objetivo de ordenar el mercado y combatir la venta ilegal de cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Recomendadas
Las nuevas exigencias para los vapeadores en el Boletín Oficial
La medida quedó formalizada este lunes mediante la Resolución 796/2026 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial. Esta normativa sustituye el anexo de la Resolución 497/2012 y aprueba el documento denominado “Advertencias Sanitarias para los Productos de Tabaco y Nicotina”, derogando las disposiciones anteriores de 2019 y 2021 que regulaban la gráfica de los empaquetados.
La regulación alcanza a los dispositivos de cigarrillos electrónicos (DCE), los mecanismos de tabaco calentado (DPTC), las soluciones líquidas, los cartuchos y las bolsas de nicotina. Todos estos elementos de consumo masivo deberán ajustarse al nuevo esquema de etiquetado preventivo para su comercialización.
De acuerdo con lo establecido por la cartera sanitaria, los nuevos productos incorporados a la fiscalización deberán exhibir de forma visible el mensaje: "Este producto contiene nicotina que es altamente adictiva". Dicha leyenda tendrá que ubicarse en un espacio proporcional dentro del empaque y en los materiales de publicidad autorizados.
Para el caso específico de los vapeadores y sistemas electrónicos alternativos, se otorgó una prórroga de 180 días con el propósito de que las empresas del sector puedan adecuar las líneas de producción, los embalajes y las piezas gráficas a los nuevos requerimientos legales del Estado.
El impacto en la publicidad y el expendio de vapeadores
El marco regulatorio actual establece directrices estrictas para la difusión comercial de estas sustancias. Los anuncios publicitarios y las promociones autorizadas de estos dispositivos de nicotina tendrán que destinar un 20% de su superficie total a un rectángulo de fondo blanco con letras negras, detallando los perjuicios vinculados a su utilización.
Los paquetes de los cigarrillos convencionales y los productos de tabaco combustibles mantendrán la estructura de los mensajes preventivos tradicionales en el 50% inferior de sus caras principales; sumarán variaciones en el dorso con la frase inicial "Fumar tabaco..." ligada a 10 patologías específicas.
Entre las advertencias explícitas definidas por la autoridad sanitaria para los productos derivados de la combustión tradicional se encuentran los riesgos de desarrollar cáncer, accidentes cerebrovasculares (ACV), enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), ceguera, ataques cardíacos, asma, diabetes y daños bucales.
Las empresas tabacaleras y los importadores de vapeadores deberán coordinar la rotación periódica de los pictogramas e ilustraciones gráficas según el cronograma dispuesto por el Ministerio, el cual busca sostener el impacto visual de las campañas de prevención destinadas a la población general.
Espacios libres de humo y canales digitales para usuarios de vapeadores
La nueva disposición oficial extiende la prohibición de uso de estos artefactos tecnológicos a los ambientes públicos cerrados y lugares de trabajo. De este modo, la señalización sobre los espacios protegidos de la exposición al humo también deberá hacer referencia expresa a los vapeadores y cigarrillos electrónicos.
La actualización normativa se vincula de manera directa con las directrices implementadas previamente en abril de 2026 mediante la Resolución 549/2026, la cual sustituyó la antigua prohibición absoluta de los dispositivos por un esquema estricto de registro, control de trazabilidad y fiscalización comercial.
Junto con las modificaciones en los paquetes, el Estado nacional actualizó los canales de atención al ciudadano para reportar infracciones a la Ley Nacional de Control del Tabaco (26.687). Además de la línea telefónica gratuita y el correo electrónico habitual, se incorporó un sistema de asistencia automatizada en plataformas digitales.
El nuevo canal de comunicación consiste en un asistente virtual o chatbot disponible a través de la aplicación WhatsApp. Esta herramienta digital se diseñó para proveer de manera inmediata información sobre el tabaquismo, orientar a los usuarios en tratamientos para dejar de fumar y canalizar denuncias formales por incumplimientos en comercios.