La Administración Tributaria Mendoza (ATM) oficializó una medida clave para los contribuyentes de la provincia a través de la Resolución N° 39/2026, publicada este martes 1 de septiembre en el Boletín Oficial de Mendoza. La normativa posterga la entrada en vigencia de la obligación que exigía detallar la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los comprobantes fiscales clase “B” (facturas, tickets y/o similares).
Mendoza postergó la obligación de detallar Ingresos Brutos en facturas B hasta el 2027
El organismo provincial busca que las empresas y comercios de la provincia puedan adaptar sus sistemas informáticos con mayor previsibilidad

Los tickets y facturas B recién deberán incluir el desglose de Ingresos Brutos a partir de enero de 2027.
La exigencia previa, dispuesta originalmente en la Resolución General A.T.M. N° 27/2026, alcanzaba tanto a los Contribuyentes Locales del Régimen General como a los encuadrados en el Convenio Multilateral. De acuerdo con el nuevo texto oficial firmante por el Administrador General, Cdor. Alejandro Donati, la nueva fecha límite fijada para su implementación es el 1° de enero de 2027.
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Más tiempo para la adaptación informática de los comercios
Según argumentó el organismo recaudador en los considerandos de la medida, el aplazamiento obedece a la necesidad de que los sujetos obligados cuenten con el tiempo suficiente para realizar las adecuaciones necesarias en sus sistemas informáticos, procesos y estructuras operativas antes de que sea exigible.
Con esta decisión administrativa, la ATM busca brindar mayor previsibilidad al sector comercial y empresarial provincial. En consecuencia, recién a partir del primer día de 2027 los comprobantes emitidos deberán especificar la alícuota tributaria correspondiente a la actividad celebrada (o la menor alícuota en caso de tratarse de múltiples operaciones en un mismo ticket).
En pocas palabras
- ATM Mendoza: postergó hasta 2027 la obligación de detallar Ingresos Brutos en facturas B.
- Adaptación informática: la medida busca dar más tiempo a comercios y empresas para adecuar sus sistemas.
- Vigencia: la nueva exigencia regirá a partir del 1° de enero de 2027, según Resolución N° 39/2026.