La Justicia Federal de Mendoza dictó sentencia en favor de un deudor de crédito hipotecario UVA

La Justicia Federal ordenó al Banco Nación actualizar el importe de las cuotas a partir de 2019 y aplicar el Coeficiente de Variación Salarial del INDEC. El demandante recibió un crédito hipotecario UVA por $2,3 millones para comprar una vivienda familiar y hoy debe $22,5 millones

La Justicia Federal de Mendoza dictó sentencia en favor de uno de los tantos deudores de créditos hipotecarios UVA del país: ordenó al Banco Nación readecuar el contrato de 2017 y actualizar el importe de las cuotas desde 2019 aplicando el Coeficiente de Variación Salarial del INDEC.

Además, dispuso que se conserve la tasa de interés pactada máxima del 3,5% nominal anual.

El fallo del juez federal Pablo Quirós, con competencia en lo Civil y Comercial, es el primero de esta naturaleza en el país y cuenta con un valioso antecedente: la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de rechazar, en junio de 2022, la apelación presentada por el Banco Nación contra la cautelar que el magistrado aceptó en 2021.

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El juez federal Pablo Quirós, quien resolvió en favor del cliente del Banco Nación que tomó un crédito hipotecario UVA que se volvió impagable.

El juez federal Pablo Quirós, quien resolvió en favor del cliente del Banco Nación que tomó un crédito hipotecario UVA que se volvió impagable.

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Un crédito hipotecario UVA que se volvió impagable

El demandante es Sebastián Heshiki, quien celebró un contrato hipotecario UVA con el Banco Nación en 2017. Para adquirir un inmueble en Tunuyán le fueron otorgados $2,3 millones a devolver en 30 años. Ante la Justicia lo asistió la abogada Mariela González, especialista en la materia.

"La deuda actual asciende a $22,5 millones a pesar de haber abonado durante 5 años. La deuda crece $1 millón por mes aproximadamente" "La deuda actual asciende a $22,5 millones a pesar de haber abonado durante 5 años. La deuda crece $1 millón por mes aproximadamente"

Qué dijo la Justicia Federal

En su resolución, el juez Quirós consideró que el demandante pidió un crédito "para comprar una vivienda, no para especular con un negocio financiero, extremo que tampoco ha sido invocado ni sugerido por la demandada".

Y acerca del impacto de la inflación en los créditos de esta naturaleza dijo que "la modificación extraordinaria provocada por las variables macroeconómicas luce ajena exorbitando el alea contractual al punto que no puede tolerarse o admitirse que se traduzca en la pérdida de la vivienda única familiar por esa sola circunstancia".

Antecedentes

En 2021 se produjo la primera decisión judicial en favor del demandante: el juez Quirós aceptó la cautelar presentada por Heshiki y ordenó al Banco Nación reliquidar las cuotas, cuyos importes no podían superar el 30% de los ingresos.

En junio de 2022, los camaristas federales Juan Ignacio Pérez Curci, Manuel Pizarro y Gustavo Castiñeira De Dios avalaron esa resolución al rechazar la apelación presentada por el Banco Nación.

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