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Segunda ola

Circulación nocturna: cuándo rige la restricción en Mendoza

Mendoza anunció la restricción de circulación nocturna, salvo para personas que realizan actividades esenciales. Qué otras medidas se adoptaron
Editado por Diario UNO
diariouno@grupoamerica.com.ar

El gobernador de Mendoza Rodolfo Suarez, a través del ministro Víctor Ibañez, anunció la restricción de circulación nocturna y toda actividad, salvo las esenciales, entre las 0.30 y las 5 de la mañana. A esta conclusión se llegó después de la reunión que el máximo funcionario de la provincia mantuvo con los intendentes.

Según indicó el ministro en conferencia de prensa la restricción nocturna y el resto de las medidas comenzarán a regir a partir de la publicación de la medida en el Boletín Oficial, que será esta noche.

Es decir que a partir del martes 6 de abril queda restringida la circulación nocturna desde las 0.30 a las 5.

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Desde cuándo rige la restricción de circulación nocturna en Mendoza

En el caso de prácticas de deporte en lugares cerrados, los mismos serán sin público; y en abiertos, con público hasta 250 personas.

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Los eventos para reuniones sociales tendrán una diferenciación: dentro de los locales tendrán un límite del 50% de la capacidad que hoy estaba permitida hasta el 70%, pero siempre con un límite de 250 personas. Cuando se trate de espacios abiertos, se mantendrá el requerimiento de la distancia social y el límite máximo de 250 personas.

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