Discapacidad

Certificado Único de Discapacidad: qué prótesis y ortésis se pueden solicitar

Si necesitas una prótesis u órtesis, descubre cuáles puedes solicitar de manera gratuita gracias al CUD

Por UNO

En Argentina, la ley 24.901 establece las prestaciones que las obras sociales y prepagas (art. 2), o en su defecto el Estado (arts. 3 y 4), deben cubrir de forma total e integral (100%) a las personas con discapacidad. Entre ellas, se encuentra la provisión de órtesis, prótesis u otros aparatos ortopédicos (art. 27, inc. b) que respondan a sus necesidades.

Además, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional con jerarquía constitucional en nuestro país desde 2014, consagra el derecho a acceder al entorno físico, a la información y a las comunicaciones en condiciones de igualdad (art. 9), a vivir de forma independiente (art. 19) y a la mejora continua de las condiciones de vida (art. 28).

Prótesis discapacidad
Las obras sociales pueden cubrir el 100% del valor de una prótesis. 

Las obras sociales pueden cubrir el 100% del valor de una prótesis.

¿Qué prótesis y órtesis se pueden solicitar gracias al CUD?

Según las legislaciones mencionadas previamente, las personas con discapacidad tienen derecho a la cobertura tota de las prótesis u órtesis que requiera, sean estas nacionales o importadas.

El sitio web Discapacidad y Derechos asegura que esta prestación incluye prótesis de cadera, prótesis de rodilla, órtesis dental, órtesis de codo, prótesis u órtesis importadas o que deban reunir determinadas características (relativas a funciones, materiales, medidas), entre otras.

En caso de no tener obra social o prepaga, podes solicitar la prótesis u órtesis directamente al Ministerio de Salud de tu provincia. Si solicitaste la prótesis a tu obra social y la misma ha sido negada o interrumpida, podés presentar un reclamo solicitando que lo hagan correctamente.

Prótesis (2)
Las prótesis y órtesis deben ser cubiertas en un 100% por las obras sociales y prepagas. 

Las prótesis y órtesis deben ser cubiertas en un 100% por las obras sociales y prepagas.

Si ya hiciste el reclamo ante la obra social (por no haber recibido al prótesis o por la interrupción de la misma), y no obtuviste respuesta o solución, podés realizar a la Superintendencia de Servicios de Salud que es el organismo encargado de controlar estas entidades, salvo en casos de obras sociales provinciales o universitarias.