Estacionar en una rampa o puente para personas son discapacidad es una acción que vemos seguido en las calles del país. Pocos conductores toman conciencia de la gravedad de esta situación, no solo porque perjudica el tránsito de la persona con discapacidad, sino que además esto trae consigo una multa.
En la siguiente nota te diremos cuánto dinero puedes llegar a pagar por estacionarte sobre una rampa o puente para discapacitados.
¿Cuánto cuesta la multa por estacionar en una rampa o puente para discapacitados?
"Es considerado como una falta leve estacionar vehículos sobre la acera, impidiendo y dificultando la circulación peatonal y de personas discapacitadas", explica el artículo 52, inciso 49 de la Ley de tránsito 9024 de la provincia de Mendoza.
Por ejemplo, en la Ciudad de Mendoza, el precio de una multa está fijado de acuerdo al sistema de Unidad Fija (UF), el cual en el caso de una multa leve es el equivalente a el valor de 1 litro de nafta súper. Es importante destacar que al comienzo del 2025 se había dispuesto el valor de $420 cada UF.
La multa por estacionar en rampas para discapacitados podría costar unos $42.000 pesos, con un descuento del 40% si se paga dentro de los tres días hábiles de labrada el acta de infracción. Además, es posible que en caso de cometer este tipo de multa en la Ciudad de Mendoza, el vehículo puede ser retirado de la vía pública por la autoridad de control de tránsito para garantizar la seguridad y accesibilidad de las rampas.
Sin embargo, este valor no es el mismo para el resto del país. En la Ciudad de Buenos Aires, las multas por estacionarse sobre el puente o rampa para discapacitados pueden llegar hasta los 190.000 pesos. Esta medida y el elevado monto busca reforzar el compromiso con la inclusión y recordar la importancia de respetar los espacios destinados a garantizar la movilidad de todos los ciudadanos.
¿Qué significa "falta leve"?
Una falta leve es una contravención de menor gravedad que se paga a un menor costo y que no implica la retención de la licencia de conducir, según las leyes de Mendoza.






