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Marco regulatorio

Alfredo Cornejo reglamentó el cannabis medicinal: pacientes, asociaciones y productores podrán inscribirse

La norma habilita a la producción de cannabis sólo con fines sanitarios y de investigación. Los interesados deberán empadronarse y someterse a controles

El gobernador Alfredo Cornejo le otorgó un marco regulatorio al cannabis medicinal y este jueves se conoció la reglamentación de la Ley Nº 9617, para el desarrollo integral de la cadena de valor del cannabis y el cáñamo industrial.

Entre los aspectos fundamentales de la reglamentación se crea un Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo Industrial, que dependerá del Ministerio de Gobierno y Desarrollo Territorial. La cartera del ministro Natalio Mema será la encargada de supervisar los cultivos que estén dentro de los parámetros de la ley, de otorgar los permisos y de controlar los proyectos de producción.

La ley de Mendoza hace una clara diferenciación entre el autocultivo para fines medicinales, a la producción a escala industrial.

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El gobernador Alfredo Cornejo en una feria de cannabis medicinal.

Quiénes podrán inscribirse en el Registro Provincial de Cannabis

La norma, que se reglamentó a través del Decreto 1928 y que se dio a conocer este jueves, puntualiza que aquellos pacientes con prescripción médica, los autocultivadores, las asociaciones civiles y de investigación podrán empadronarse y obtener las licencias habilitantes.

La ley aclara que no podrán tener fines comerciales.

De esta manera, quedan habilitados a solicitar los avales del Gobierno, quienes desarrollen programas de investigación.

El marco regulatorio establece un sistema de sanciones para aquellos que no cumplan con los parámetros de la legislación de Mendoza y afecten a la salud pública.

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