La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) terminó de definir las liquidaciones para el séptimo mes del año y confirmó oficialmente los techos y pisos salariales que regirán para todo el sistema previsional. A través de la Resolución 186/2026, el Gobierno nacional ratificó que los jubilados y pensionados reciben en julio de 2026 un aumento del 2,15%, calculado bajo la fórmula de movilidad mensual que toma como referencia la inflación de mayo.
La gran novedad de este mes, por parte de ANSES, pasa por el fuerte despegue de los haberes más altos del sistema, un dato clave para quienes quieren saber cuál es el techo de cobro que habilitó el organismo previsional. Además, se confirmó la continuidad del bono extraordinario de $70.000 para reforzar los ingresos de los sectores más vulnerables.
Cuál es el monto máximo y la jubilación mínima en julio de 2026
Con el nuevo esquema de actualización por inflación con dos decimales, las escalas previsionales sufrieron modificaciones importantes. La sorpresa para muchos es el tope de la pirámide: el monto máximo que un jubilado puede cobrar en ANSES durante julio quedó fijado en $2.772.298,07. Cabe recordar que quienes perciben este haber de privilegio no tienen derecho a cobrar el plus económico de contingencia.
Por el lado de los ingresos más bajos, la jubilación mínima se posicionó en $411.989,33. Sin embargo, al sumarle el depósito del bono completo de $70.000 (que se mantiene sin cambios en su valor nominal), ningún jubilado cobrará menos de $481.989,33 de bolsillo en julio.
Para los beneficiarios que se encuentren en el medio de la tabla, es decir, que cobren más de la mínima pero menos de los $481.989,33, el organismo liquidará un bono proporcional hasta alcanzar ese tope exacto.
Cronograma de pagos de ANSES: cuándo se cobra en julio
El cronograma de pagos está dividido en dos grandes bloques según el volumen de los ingresos y se distribuye en los días hábiles bancarios por la terminación del DNI.
Jubilados que perciben el haber mínimo:
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DNI terminados en 0 y 1: miércoles 8 de julio
DNI terminados en 2: lunes 13 de julio
DNI terminados en 3: martes 14 de julio
DNI terminados en 4: miércoles 15 de julio
DNI terminados en 5: jueves 16 de julio
DNI terminados en 6: viernes 17 de julio
DNI terminados en 7: lunes 20 de julio
DNI terminados en 8: martes 21 de julio
DNI terminados en 9: miércoles 22 de julio
Jubilados que superan la jubilación mínima:
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DNI terminados en 0 y 1: jueves 23 de julio
DNI terminados en 2 y 3: viernes 24 de julio
DNI terminados en 4 y 5: lunes 27 de julio
DNI terminados en 6 y 7: martes 28 de julio
DNI terminados en 8 y 9: miércoles 29 de julio





