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Minería y glaciares: la ley, su reforma, los proyectos "inviables" y la guía propia de Mendoza

En Malargüe hay 71 nuevos proyectos, de los cuales 3 aparecen como inviables y otros 8 están siendo analizados con lupa. Esto, mientras avanza la reforma de la Ley de Glaciares

Editado por Analía Doña
dona.analia@diariouno.com.ar

Un glaciar es una masa de hielo perenne formada por la acumulación y compactación de nieve. Muchos se ven a simple vista, como los de la Patagonia. Otros, no son tan evidentes y pueden estar cubiertos por rocas o sedimentos -como los glaciares de escombros- o presentarse como cuerpos pequeños o fragmentados.

El ambiente periglacial tampoco es fácil de identificar. Según el Ianigla – Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales- es una zona de alta montaña en la que el suelo permanece congelado –o se congela y descongela-; y aunque no siempre presenta hielo visible, funciona como una esponja: almacena agua y la libera de manera gradual, ayudando a regular el caudal de los ríos.

glaciares mendoza

En Mendoza ya rige una Guía de Estudio de Glaciares y ambientes periglaciales. Ambos están protegidos por la ley.

Todos ellos –glaciares y ambientes periglaciales- están protegidos por la Ley de Glaciares N° 26.639, aún con la reforma.

Por eso, una decena de proyectos mineros en Malargüe -de los 71 que ingresaron en la tercera tanda de evaluación ambiental- está bajo la lupa de la Autoridad Minera.

La reforma de la Ley de Glaciares y la llave de Mendoza

Pero vayamos por partes.

Punto uno: ¿la nueva ley -la 27.804, que reforma el régimen de presupuestos mínimos de la Ley de Glaciares- mantiene el marco de protección para los glaciares y el ambiente periglacial? Sí. Todos los elementos identificados en el Inventario Nacional de Glaciares -finalizado en 2018- continúan protegidos.

Pero aquí aparece uno de los cambios clave: el objeto de protección de la ley pasa a centrarse específicamente en la función hídrica de los glaciares y del ambiente periglacial.

Y en ese marco, el principio general se mantiene, pero se introduce una salvedad: si estudios técnico-científicos demuestran que un glaciar o una geoforma periglacial no cumple esa función -como reserva estratégica o fuente de recarga de cuencas-, puede dejar de ser considerado sujeto de protección.

Es entonces cuando aparece la intervención clave de las provincias. Por un lado, porque ahora serán autoridades competentes -como Mendoza- para identificar, dentro de sus territorios, qué glaciares y ambientes periglaciales cumplen efectivamente funciones hídricas.

glaciares en mendoza

Algunos glaciares son visibles y otros están "escondidos".

Por otro, porque si bien la ley mantiene la prohibición de actividades como la exploración y explotación minera, esta solo se activa cuando dichas intervenciones puedan alterar de manera significativa la condición natural o la función hídrica del área protegida.

Punto dos: ¿ya está vigente la nueva ley de Glaciares? No. Fue sancionada a principios de abril, pero para que comience a regir en Mendoza se necesitan dos pasos previos: la reglamentación del Poder Ejecutivo nacional y la adhesión de la Legislatura provincial.

Punto tres: ¿la nueva ley cambiará las evaluaciones ambientales que están en curso y las que vendrán? Sí y no. En la práctica, lo que le darán estos cambios a Mendoza es una llave o marco legal para aplicar instrumentos que ya desarrolló la provincia como la Guía de Estudios de Glaciares y Ambiente Periglacial, de 2025.

Bajo la nueva ley nacional, la provincia tendrá la facultad legal de realizar estudios de detalle como los que figuran en la guía (la instalación de estaciones meteorológicas que midan datos cada 30 minutos, de sensores de temperatura mapear el permafrost –suelo congelado- o realizar análisis de isótopos de oxígeno para ver cuánto aporta el hielo al caudal de los ríos) para determinar si un sector tiene un "valor hídrico significativo". Y si el estudio técnico provincial demuestra que no hay función hídrica relevante, esa zona podría quedar liberada de las prohibiciones de la ley de Glaciares.

Lo que explican desde el Ministerio de Energía y Ambiente es que esa guía ya fue desarrollada bajo criterios de máxima, con el objeto de estandarizar las exigencias y garantizar la protección de reservas estratégicas de agua en los proyectos de prospección y exploración minera.

Infografia-glaciares conicet

Es decir, para brindar seguridad jurídica a propietarios mineros y posibles inversores, la Provincia se adelantó y pasó del inventario de glaciares del Ianigla a la práctica, identificando de manera concreta zonas permitidas y de exclusión, no solo para la minería, sino también para otras actividades productivas y de montaña –incluso antes de publicar la guía el año pasado-.

Y esas zonas se monitorean y evalúan casi de manera constante junto con los científicos. ¿Y puede cambiar su definición con los años? Sí, puede. Y por eso se estudia también su evolución en el tiempo y los proyectos mineros deben actualizar sus informes ambientales. “Porque nada es estático y porque vivimos en cambio climático”.

Proyectos mineros penden de un hilo en zona de glaciares

Y ahora pasemos a lo concreto.

El Malargüe Distrito Minero Occidental interactúa con zonas glaciares y periglaciares. Por eso, en la evaluación ambiental de proyectos mineros allí ubicados, la Autoridad Minera, la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la UNCuyo -como organismo dictaminador- y el Ianigla ponen especial atención en la presencia e impacto sobre estos ambientes.

Durante la evaluación del MDMO II –la segunda tanda de proyectos que obtuvieron declaración ambiental ratificada por la Legislatura- dos quedaron en el camino justamente por estar completamente cubiertos de glaciares.

Ahora, de la tercera tanda de proyectos que buscan su DIA para explorar en Malargüe, son varios los que corren ese riesgo. Tres ya han sido calificados como inviables y otros 8 serán analizados con lupa.

Las Damas es uno de los casos más críticos. La Autoridad Minera lo advirtió en su primer informe técnico y la FCAI, en su dictamen, ya dijo que “es ambientalmente inviable”.

¿Por qué? Porque viola la Ley de Glaciares –con o sin reforma-. La mayor parte de la superficie del polígono del proyecto debería ser catalogada como "Área de Exclusión Absoluta” por la presencia confirmada de numerosos cuerpos glaciares y una altísima probabilidad de ambiente periglaciar y vegas altoandinas.

glaciares

Con la reforma de la Ley de Glaciares, las provincias recuperan "poder" sobre sus recursos naturales.

Otro de los proyectos mineros calificados por la facultad de la UNCuyo como “ambientalmente inviable” es Serrucho. En esta propiedad se confirmó la presencia de glaciares de escombros activos y ambiente periglaciar protegidos por la actual ley. El dictamen advierte que, si se aplicaran con rigor las zonas de exclusión legal, la restricción operativa abarcaría la casi totalidad del área, haciendo inviable la exploración.

Pinot IX también fue declarado “inviable”, por lo que la UNCuyo recomendó su rechazo. Al evaluarlo, se determinó que la mayor parte de la superficie del polígono debería ser catalogada como Área de Exclusión Absoluta para cumplir con la Ley de Glaciares, lo que materialmente anula la posibilidad de realizar actividades de exploración minera.

El proyecto Cobre Rosario es otro que tuvo objeciones porque el informe presentado por sus proponentes invisibiliza el “altísimo riesgo” sobre glaciares, ambientes periglaciares y vegas de altura que regulan las cabeceras de cuenca de los Arroyos El Serrucho, El Infiernillo y La Totora.

El informe del proyecto minero San Francisco es otro cuyos impulsores invisibilizaron el riesgo sobre glaciares de escombros y zonas con alta probabilidad de permafrost.

Mientras que respecto de NIN I, los profesionales de la universidad aseguraron que resultaría inaceptable la exclusión del riesgo sobre el ambiente periglaciar y un glaciar de escombros activo que está ubicado a solo 700 metros del área de intervención.

Para Alto Pehuenche también se sugirió el rechazo porque el informe ambiental omitió identificar cuerpos glaciares (manchón de nieve y glaciar de escombros inactivo) dentro y cerca del polígono, incumpliendo la Ley de Glaciares. Aunque, en este caso, quizás las fallas podrían subsanarse.

mineria malargue

Malargüe Distrito Minero Occidental III está en proceso de evaluación ambiental. La FCAI ya dio su dictamen y se espera la respuesta del proponente.

Galáctica, en tanto, podría afectar permafrost y humedales en la cuenca del Río Grande, aunque no está “en la mira” como otros proyectos.

Algo similar pasa con Kaly, un proyecto minero cuya aprobación se rechaza porque la UNCuyo considera que los estudios para delimitar el ambiente periglacial en la zona no fueron adecuados.

Problemas técnicos también vio sobre El Vasco –subestima el riesgo hidrológico sobre glaciares, ambientes periglaciares y vegas altoandinas-; y el proyecto Gemelos, cuya falla principal es la omisión metodológica del riesgo sobre geoformas criogénicas (permafrost) protegidas por la ley.

Este dictamen de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria ya está en manos de Impulsa Mendoza, la firma que encabeza cada pedido de evaluación ambiental del Malargüe Distrito Minero Occidental ante la Autoridad Minera.

La empresa solicitó una prórroga para analizar, rehacer o completar los informes observados, por lo que cuenta con 10 días hábiles adicionales desde esta semana. De todos modos, más allá de las correcciones o agregados que pueda incorporar, los proyectos que no cumplan con los presupuestos mínimos que disponen la Ley de Glaciares y la guía de Mendoza serán descartados.

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