La Autoridad Minera formalizó el inicio del proceso de evaluación ambiental para el proyecto Malargüe Distrito Minero Occidental 3 (MDMO III) propuesto por la empresa estatal Impulsa Mendoza, que abarca más de 70 áreas de exploración de cobre.
Largó Malargüe Distrito Minero Occidental III: las advertencias de la Autoridad Minera sobre glaciares y ríos
La Autoridad Minera arrancó el proceso de estudio ambiental de 71 proyectos del Malargüe Distrito Minero Occidental. Antes, advirtió poner "especial atención"
Con el fin de garantizar un análisis riguroso, la Dirección de Minería junto con la de Gestión y Fiscalización Ambiental designaron a la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI), de la Universidad Nacional de Cuyo, como la entidad encargada de elaborar el dictamen técnico especializado.
Asimismo, la resolución N° 161 –publicada en el Boletín Oficial- establece la intervención de diversas instituciones sectoriales para validar la viabilidad de cada emprendimiento minero y su impacto en los recursos naturales.
Antes de ello, la propia Autoridad Minera elaboró su propio informe, advirtiendo a los organismos poner "especial atención" en la evaluación de proyectos que atraviesan glaciares, ríos y comunidades originarias.
Los 71 proyectos mineros, encabezados por San Joaquín
A propuesta de Impulsa Mendoza, con esta resolución del 11 de febrero, se da por iniciado el Procedimiento de Evaluación de Informe de Impacto Ambiental de 71 proyectos mineros.
Cada uno de los informes ambientales presentados será evaluado por los organismos técnicos y sectoriales, además de por la Autoridad Minera y la ciudadanía a través de los modos de participación popular para, al final del proceso, recibir o no la aprobación de su Declaración de Impacto Ambiental.
Al igual que pasó con los proyectos mineros del MDMO I y el MDMO II –que en total son 61-, los que pasen esa instancia administrativa ingresarán a la Legislatura provincial en busca de la ratificación. Recién entonces, podrán comenzar los trabajos de exploración en sus respectivas áreas.
Los proyectos que componen el MDMO III en busca de la habilitación son:
- Kaly
- 00937097-2024
- Burano
- Catita
- Cerro Vallecitos
- Cerro Arenales
- Cerro Bayo
- Cerro Rincón
- Clarabella
- Cobre Alto
- Cobre Bajo
- Don Ignacio
- Don Pedro
- Don Tomás
- El Fierro
- El Poroto
- El Vasco
- 00417289-2024
- 02471862-2019
- 03410930-2023
- 05566729-2023
- 06123520-2020
- Cerro Negro
- Gemelos
- La Victoria (Qda de Lourdes Chenqueco)
- 00885703-2021
- Alto Pehuenche
- BMD 1
- Cerro Franke
- Cerro Medio
- Cobre Rosario
- Corcovo
- Dulce Juliana
- El Chiquito
- 2024-01510706
- Galáctica
- La Valentina
- La Adrianita
- Lucía
- Pinot IX
- Siena
- La Dragona
- La Juana
- La Valenciana W
- La Damas
- Las Chacras (Norte)
- Las Chacras S
- La Valenciana I
- La Valenciana II
- Malargüe South (Isabel)
- Malargüe South (Bardas Bayas)
- Malargüe South (Chivato)
- Malargüe South (La Costa)
- Malargüe South (La Tosca)
- Malargüe South (Cerro Mayal)
- Malargüe South (Arroyo Chacay)
- Malargüe Wets (El Toqui)
- Mayorga-Kili Malal
- Mercedes (Los Vascos)
- Minacar South
- Mora
- Nin I
- Palauco (Los Leones)
- Palauco (Los Burros)
- Ranquil
- San Francisco
- San Joaquín
- San Romeleo
- 06359945-2021
- 2024-01512545
- El Ángel
El pago a la UNCuyo para evaluar el impacto ambiental de 71 proyectos de minería
La Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI) cobrará $24 millones en honorarios por la consultoría externa que realizará al momento de evaluar uno por uno los 71 proyectos mineros.
La evaluación ambiental, paso a paso
Como señala la normativa en Mendoza, una vez que se acredite el pago, la FCAI tendrá 15 días hábiles para emitir el dictamen técnico. Aunque debido a lo abultado del expediente, es probable que ese plazo sea extendido por la Autoridad Minera.
También se pedirán otros dictámenes en paralelo a organismos especializados como el Departamento General de Irrigación, el IANIGLA, el INAI, la Dirección de Áreas Protegidas, entre otros.
Respecto de esos dictámenes (técnicos y sectoriales), luego el proponente puede responder observaciones e inquietudes presentadas.
Las advertencias de la Autoridad Minera sobre los 71 proyectos del MDMO III
Para dar inicio al proceso de evaluación de impacto ambiental de los 71 proyectos, la Autoridad Ambiental Minera hizo primero su propio informe técnico.
Consideró que se cumplen los requisitos para una etapa de exploración minera y que, una operación simultánea de todos ellos no presentaría limitaciones significativas en cuanto al uso de agua (estimado en 25.000 m³ para una campaña de 100.000 m de perforación) ni a la ocupación del suelo (afectando solo el 0,021% de la superficie total del distrito Malargüe Minero.
Aunque identificó focos en los que los organismos técnicos deberán poner “especial atención”. Por ejemplo, el proyecto Las Damas “tiene gran parte de su superficie con glaciares, mientras que otros como El Vasco o Cobre Rosario tienen superposiciones menores”.
En cuanto al recurso hídrico, la Autoridad Minera detalla que hay dos proyectos que tienen interacción directa con ríos o arroyos específicos, como Kaly con el A° Colorado, y Cobre Alto con el Río Grande. En este punto también deberán estar atentos los evaluadores ambientales.
Otros signos de alerta tienen que ver con la identificación de puestos y rutas de trashumancia en diversos proyectos; en tanto que señala que comunidades como Lof Malal Pincheira y Lof Buta Mallin se encuentran dentro de las áreas de los proyectos mineros en estudio.
Además, la Autoridad Minera enumeró proyectos con potencial de afectar sitios arqueológicos, paleontológicos o cavernas. Por ejemplo, los hay dentro de la propiedad minera de Cerro Rincón, Alto Pehuenche, BDM, Corcovo, Dulce Juliana, Galáctica, La Valentina y NIN I, o dentro de un radio de 5 km de otros tantos.
Debido a estas observaciones, la Dirección de Minería y la de Gestión y Fiscalización Ambiental establecieron una serie de medidas para poder avanzar con la evaluación. Además de la audiencia pública y de la participación de organismos técnicos y sectoriales, se estableció la obligatoriedad de iniciar un proceso de consulta previa con las comunidades originarias que tengan relación con los proyectos.








