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Cesanteado desde agosto pasado

La Justicia ordenó restituir a concejal de Santa Rosa ligado al exintendente Salgado

Editado por Enrique Pfaab
pfaab.enrique@grupoamerica.com.ar

La Justicia le ordenó al Concejo Deliberante de Santa Rosa dejar sin efecto la cesantía de Marcial Gustavo Ibarra de su cargo de concejal, decisión que había sido tomada en agosto del año pasado.

En fallo unánime, la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Tercera Circunscripción Judicial, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por Ibarra y falló a su favor, entendiendo que un concejal “no puede ser removido sin observancia de las reglas especiales establecidas por la Constitución y la ley”.

Con argumentos del juez Sebastián Márquez Lamená y la adhesión de sus pares Claudia Alicia Ambrosini Roccuzzo y Gustavo Alejandro Colotto, la Cámara declaró “ineficaz la cesantía del concejal Marcial Ibarra, debiendo volver el estado de las cosas a su anterior situación, anulándose la resolución del Concejo Deliberante de Santa Rosa”.

Marcial Ibarra, que había integrado durante un tiempo el equipo de las gestiones de Sergio Salgado, asumió como concejal en diciembre de 2015.

Ya en funciones, el 18 de junio de 2018 resultó condenado por el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial a la pena de tres años de prisión (de ejecución condicional) e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de funciones en la Administración Pública por resultar partícipe necesario en el delito de concusión ( exacción hecha por un funcionario en provecho propio). La causa tenía como cabeza al exintendente Salgado. La sentencia fue recurrida en casación ante la Corte de Mendoza y ese recurso aún no ha sido resuelto.

El 22 de junio de 2018 Matías Abraham y Hugo Bassin, también concejales de Santa Rosa, presentaron ante el Concejo Deliberante un escrito en el que informan la existencia de la sentencia condenatoria y solicitaban al presidente del cuerpo que se ponga en funcionamiento el sistema del artículo 66 de la ley 1.079, para que en sesión especial se determine si hay lugar para la formación de causa, pudiendo en el mismo acto suspender al concejal y luego destituirlo. Esa presentación dio origen al expediente N° 2.008-C-2018.

En el trámite de ese expediente, la Asesoría Letrada del Concejo dictaminó que la situación encuadraba en el supuesto de incompatibilidad y entendió que, en base a ello, el Concejo debía pronunciar la declaración de cesantía en los términos del artículo 55 de la misma Ley Orgánica de Municipalidades.

El 23 de agosto de 2018, en sesión ordinaria, el Concejo dio tratamiento al asunto, aprobándose el informe del asesor letrado por cinco votos. Hubo dos abstenciones, registrándose tres concejales ausentes al momento de la votación, entre éstos, Marcial Ibarra.

Ese mismo día, el presidente del Concejo Deliberante dictó la resolución 1159/18 mediante la cual dispuso dejar cesante en sus funciones al concejal Ibarra.

El 31 de agosto de 2018 Ibarra presentó demanda de amparo para que se revoque la cesantía dispuesta y se lo restituya en el ejercicio de sus funciones. Esa demanda fue desestimada por la jueza de primera instancia, lo que dio lugar al recurso de apelación que ahora se resolvió de esta manera.

En los argumentos del fallo la Cámara sostuvo que “el Concejo Deliberante no ha juzgado responsabilidad política, lo cual era su resorte. Se limitó a aprobar un dictamen de su asesor letrado”.

También le dio la razón a Ibarra, diciendo que “el trámite seguido por el Concejo Deliberante no respetó su derecho de defensa en juicio”.

La Cámara dijo que Ibarra estuvo presente en un tramo de la sesión donde fue destituido, pero que eso “no remueve los vicios señalados. El derecho a ser oído, a poder responder una acusación, es esencial dentro de la garantía de debido proceso. La defensa en juicio, sea del tipo que fuere (judicial, administrativo o político), es un derecho básico de toda persona, cuya inobservancia no pude determinar sino la ilegalidad del procedimiento”, sentenció el tribunal.

El juez Lamená indicó que “el Derecho siempre es un límite al poder. La libertad se vería amenazada si los poderes públicos pudiesen conducirse al margen de la ley y, frente a ello, el juez se viera impedido de actuar. La Constitución ha establecido, sin dudas, un sistema de poderes limitados. La judicatura existe para velar por el imperio de la Constitución y las leyes que son su consecuencia. Propongo entonces la estimación de la demanda, declarando ineficaz la cesantía del concejal Marcial Ibarra, debiendo volver el estado de las cosas a su anterior situación, anulándose la resolución del Concejo Deliberante de Santa Rosa”.

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