Comenzó la veda electoral. Este viernes a las 8 terminó la campaña de cara a las elecciones 2026 en 6 municipios de Mendoza: Maipú, San Rafael, Luján de Cuyo, La Paz, Santa Rosa y Rivadavia. Este domingo 22 de febrero se elegirán concejales en cada una de esas jurisdicciones.
Elecciones: cómo se aplica la veda electoral este fin de semana si solo se vota en 6 municipios
¿Se puede vender alcohol? ¿Y hacer fiestas? Cuáles son las prohibiciones de la veda electoral. Dónde y cuándo rigen este fin de semana de elecciones en Mendoza
Ese día se habilitarán 214 escuelas al servicio del proceso electoral. En cada una de ellas habrá 3 efectivos policiales y celadores que se ocuparán de la limpieza durante y después de la jornada de elecciones.
Las sucursales del Registro Civil de las cabeceras de cada departamento en los que se realizan elecciones estarán abiertas el domingo de 8.30 a 13.30.
El padrón electoral está habilitado en la página oficial de la Junta Electoral de Mendoza.
Veda electoral por las elecciones en 6 municipios de Mendoza
A partir de las 8 de este viernes rige la veda electoral, pero no en todo Mendoza sino solo en los 6 municipios en los que hay elecciones.
Las prohibiciones y restricciones se rigen por el título XII de la Ley Electoral Provincial que, entre otros puntos, prohíbe la venta de bebidas alcohólicas durante el día de elecciones y hasta dos horas después del cierre de los comicios.
Qué no se puede hacer por las elecciones, dónde y cuándo
La aplicación de la veda electoral es territorial. Eso significa que el domingo 22 de febrero están prohibidos:
- Los espectáculos populares al aire libre, o en recintos cerrados
- Fiestas teatrales
- Eventos deportivos -el partido del Deportivo Maipú debió cambiar de día-.
- Toda clase de reuniones públicas.
Pero solo en los 6 departamentos que van a elecciones, es decir en Maipú, Luján de Cuyo, Rivadavia, La Paz, Santa Rosa y San Rafael.
En esos mismos municipios, el día de la elección y hasta las 20 no está permitido tener abiertas tiendas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase.
Sin embargo, sí está permitida la venta de alcohol a los establecimientos que vendan comidas para consumir en el local, en cuyo caso podrá suministrarse bebidas para acompañar las comidas.
La ley electoral prohíbe también el uso y suministro de cualquier bebida alcohólica o con alcohol en los comités políticos y locales de reunión de electores, así como también el reparto de dinero o efectos y la realización de toda clase de juegos de azar.
La veda electoral implica, a su vez, la prohibición a los electores de los municipios en cuestión la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos “desde las 18 del día anterior de la elección hasta la terminación de los comicios”.
En tanto que queda prohibida la aglomeración de tropas o cualquiera ostentación de fuerza armada en el día del sufragio y toda reunión de electorales o depósitos de armas en lugar situado dentro del radio de 100 metros de los lugares habilitados para las elecciones.







