El próximo domingo 22 de febrero hay elecciones en seis departamentos de Mendoza. Estos municipios, que desdoblaron, se vuelcan a las urnas para renovar la mitad de las bancas de los Concejos Deliberantes. ¿Qué pasa si no voto y de cuánto es la multa?
Elecciones en Mendoza del domingo 22 de febrero: de cuánto es la multa por no votar
La multa por no ir a votar en las elecciones del domingo 22 de febrero en Mendoza varía según lo establecido en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional
Maipú, Luján de Cuyo, San Rafael, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz decidieron separar su votación de las elecciones provinciales y nacionales que ocurrieron el 26 de octubre del año pasado. Por eso este domingo sus ciudadanos deben emitir su sufragio y el no hacerlo tiene consecuencias.
En Argentina el voto es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Si un vecino apto para sufragar no vota y no justifica su ausencia, las multas van desde sanciones económicas hasta restricciones administrativas.
Elecciones en Mendoza: de cuánto es la multa por no votar el domingo 22 de febrero
La multa por no ir a votar en las elecciones del domingo 22 de febrero en Mendoza varía entre $50 y $500, según lo establecido en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional. Estos son los valores discriminados:
- Primera infracción: $50
- Segunda infracción: $100
- Tercera infracción: $200
- Cuarta infracción: $400
- Quinta o más infracciones: $500
La sanción económica se aplica a los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la votación.
Más allá de la multa económica que suele ser por un monto bajo debido a la inflación, lo más relevante son las sanciones administrativas:
- Registro de Infractores: queda asentado en el "Registro de Infractores al deber de votar".
- Trámites públicos: no se podrá realizar gestiones o trámites ante organismos estatales (nacionales, provinciales o municipales) durante un año.
- Empleo público: no será designado para funciones o empleos públicos por un período de tres años.
La consulta al Registro de Infractores al deber de votar es online en https://infractores.padron.gov.ar.
No votar en las elecciones: cómo justificar la ausencia
Todos los ciudadanos tienen un plazo de 60 días después de la elección para presentar el justificativo ante la Secretaría Electoral. Las razones válidas son:
- Distancia: estar a más de 500 km del lugar de votación (debes pedir un certificado en la comisaría más cercana).
- Salud: enfermedad o fuerza mayor que impida asistir (con certificado médico).
- Razones laborales: personal de servicios públicos que deba trabajar ese día.
Si la elección fue hace menos de 60 días, se puede cargar el certificado médico o de distancia (más de 500 km) en el mismo portal de infractores:
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Trámite online: Justificación de Inasistencia - CNE.






