Terrenos en el Sur provincial

Alfredo Cornejo y Ángel Pichetto denunciarán al titular del INAI por el reconocimiento de tierras a mapuches

A la presentación contra el presidente del INAI se sumó la ex diputada provincial Hebe Casado (PRO). Rechazan las tres resoluciones que beneficiaron a tres comunidades mapuches en San Rafael y Malargüe con casi 30.000 hectáreas

Por UNO

El titular del Interbloque de Juntos por el Cambio en el Senado de la Nación, Alfredo Cornejo (UCR), el auditor general de la Nación y ex senador nacional, Miguel Ángel Pichetto (Juntos por el Cambio), y la ex diputada provincial de Mendoza, Hebe Casado (PRO), denunciarán al titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Alejandro Marmoni, por el reconocimiento de tierras a tres comunidades mapuches en el Sur provincial. En total suman casi 30.000 hectáreas.

La presentación -en los tribunales de Comodoro Py- será por traición a la patria, abuso de poder, violación e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por ser el responsable de las tres resoluciones -36/2023, 42/2023 y 47/2023- emitidas por el organismo a su cargo, y por las cuales se "otorgan derechos sobre tierras pertenecientes al territorio nacional ubicadas en Mendoza, a favor de supuestas comunidades mapuches", según versa un comunicado emitido a la prensa.

La primera medida se conoció el viernes 27 de enero pasado, cuando se confirmó que se les confería pertenencia a Lof El Sosneado, de San Rafael, y al Lof Suyai Leufu, en Malargüe. La zona delimitada en el primero es de 23.370 hectáreas, y en el segundo, únicamente de 3.500 metros.

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Una de las resoluciones que favoreció a una de las comunidades mapuches de Malargüe.

Una de las resoluciones que favoreció a una de las comunidades mapuches de Malargüe.

Una semana después se conoció que también se había reconocido, desde el mismo INAI, a los habitantes del Lof Limay Kurref, en la zona malargüina de Los Molles. Esta vez, fueron 4.477 hectáreas para una comunidad que –a diferencia de las dos mencionadas anteriormente- sí tiene personería jurídica. Por las leyes vigentes, esto es clave para una posible petición de que les cedan efectivamente el territorio.

El gobernador Rodolfo Suarez ya se presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte con el respaldo de la Asesoría de Gobierno y de la Fiscalía de Estado para frenar las resoluciones del INAI.

Los argumentos en contra del INAI por las tierras reconocidas a mapuches

Cornejo y Pichetto elevarán esta denuncia porque consideran que Marmoni incurrió al delito de traición a la patria, dado que convalidó un proceso de entrega de territorio nacional, en menoscabo de la soberanía e integridad territorial de la República Argentina. "Un funcionario público tiene el deber y la responsabilidad de proteger al Estado, pero el titular del INAI utilizó los medios y los mecanismos del propio Estado para garantizar las aspiraciones de un grupo que exige separarse del Estado al que esencialmente sirve", argumentaron.

Los referentes de Juntos por el Cambio también incluyeron en su denuncia la figura de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos contra Marmoni ya que el INAI está facultado para efectuar un relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas originarias, "pero nada establece respecto a que sea quien efectúe el reconocimiento de la posesión y propiedad comunitaria". Por ello, el funcionario se habría extralimitado en sus funciones, emitiendo un acto que no se encuentra legitimado a realizar, manifestaron.

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El sábado pasado se realizó la caranava antimapuches. Malargüe fue el punto de encuentro.

El sábado pasado se realizó la caranava antimapuches. Malargüe fue el punto de encuentro.

Según recalcaron, "la actuación de Marmoni ha sido contraria a la ley ya que no se enmarca dentro de las facultades legales correspondientes. El dictado de las resoluciones fueron efectuadas por fuera del marco de la competencia funcional de dicho organismo, en clara extralimitación de las atribuciones acordadas".

A los actos administrativos emitidos por el INAI, les cabe la figura de incumplimiento de los deberes funcionario público "no sólo porque constituyeron actos ilegítimos y fuera de las atribuciones legales reconocidas, sino que los expedientes que culminaron en el dictado de las resoluciones no se realizaron conforme a los procedimientos y principios constitucionales, violentando el artículo 18 de la Constitución nacional que garantiza el derecho de defensa y a ser oído", aseguraron.

"No es propio de un acto legítimo, democrático y federal el acto del Estado nacional dictado en forma unilateral e inconsulta, sin intervención de la provincia a la que afecta”, advirtió Cornejo y añadió que "dos de las supuestas comunidades mapuches beneficiadas con el relevamiento y reconocimiento no cuentan, si quiera, con personería jurídica”.

"Otro ejemplo de ligereza del accionar técnico del INAI y la omisión de los deberes a su cargo, está dado por el dictado la resolución Nº 42/2023. Resulta ser que no sólo la comunidad reclamante, Lof Suyai Leufu, carece de personería jurídica, sino que ignora lo ya dispuesto por la Justicia provincial de Mendoza”, concluyó Pichetto.

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