El Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de Mar del Plata condenó a Jorge Leonel Soarez a la pena de tres años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento. La justicia civil y penal validó un acuerdo de juicio abreviado tras demostrar que Soarez planificó un encuentro mediante la aplicación Telegram con el único fin de asaltar a la víctima dentro de su vivienda.
Pactaron un encuentro por Telegram y le robó: "No hagas ruido porque vuelvo y te mato"
Un hombre fue asaltado en su departamento tras pactar un encuentro íntimo. Qué dijo la Justicia sobre el hecho

Pactaron un encuentro por Telegram y le robó: "No hagas ruido porque vuelvo y te mato"
El juez Juan Manuel Sueyro homologó la sentencia y declaró al imputado como reincidente. Por este motivo, Soarez deberá permanecer en prisión hasta el 2 de mayo de 2028.
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Una cita pactada por Telegram que terminó en un violento asalto
Según la investigación liderada por el Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió en un departamento ubicado en el sexto piso de un edificio de la avenida Colón al 2700, en Mar del Plata.
Soarez coordinó un encuentro por la plataforma de mensajería con la víctima, identificada por sus iniciales como F.L.V. Una vez que logró ingresar al domicilio, el agresor atacó al propietario: le aplicó una maniobra de asfixia, lo redujo y lo ató de pies y manos para neutralizarlo.
Durante el robo, el delincuente se apoderó de varios objetos de valor, entre ellos:
- Una notebook.
- Un teléfono iPhone y otro celular marca Samsung.
- Auriculares de última generación y cargadores.
- Prendas de vestir y lentes de sol.
Antes de escapar con el botín, Soarez obligó a la víctima a llamar a una amiga para exigirle una transferencia bancaria de dinero. El asaltante abandonó el lugar bajo una fuerte amenaza de muerte: "No hagas ruido porque vuelvo y te mato".
La versión que dio el acusado
Durante el proceso judicial, Soarez reconoció que coordinó el encuentro a través de Telegram, pero intentó defenderse argumentando que esperaba encontrarse con una mujer. Según su versión, se produjo un forcejeo luego de supuestas propuestas sexuales de la víctima, tras lo cual tomó algunas pertenencias y se retiró.
Sin embargo, los jueces descartaron cualquier tipo de atenuante o eximente de responsabilidad. El tribunal encuadró el caso bajo el delito de robo con arma de fuego sin aptitud funcional acreditada y con empleo de llave verdadera sustraída.
En pocas palabras
- Condenaron a Jorge Soarez: A tres años y ocho meses de prisión por asaltar a un hombre tras pactar un encuentro íntimo por Telegram.
- Modus operandi: El acusado redujo a la víctima, la ató y le exigió una transferencia bancaria antes de escapar.
- Amenaza final: Soarez amenazó a la víctima con volver y matarla si hacía ruido.