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Fue por haber cometido el delito de  “amenazas coactivas en concurso real con lesiones grave” por haber tomado del cuello a un joven de 17 años, al que le dio un puñetazo en la cara, lo que le provocó desprendimiento de retina.

Condenan de dos años de prisión para el rugbier agresor de un joven

Javier Cusimanocusimano.javier@diariouno.net.ar

La Quinta Cámara en lo Criminal, presidida por el juez Rafael Escot, condenó a Julián Calderón a dos años de prisión por el delito de “amenazas coactivas en concurso real con lesiones graves, con el beneficio de su ejecución condicional” por haber tomado del cuello a un joven de 17 años, al que le dio un puñetazo en la cara, lo que le provocó desprendimiento de retina.

Según consta en el acta judicial, el hecho ocurrió el 22 de setiembre de 2012 cuando la víctima se encontraba en la vereda del domicilio de una amiga, ubicado en el barrio Palmares, con otros amigos. En ese momento el agresor después de descender de su vehículo se abalanzó sobre el joven, lo tomó del cuello, lo empujó contra un árbol y le propinó un golpe de puño en el rostro, sobre su ojo izquierdo.

Por esta agresión, el menor de 17 tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. Por perforación en semiluna superior, protrusión de iris por herida con restos de pigmento iridiano en cápsula anterior del cristalino fue sometido a cirugía de urgencia el 24. “Incapacidad ocular de al menos un mes y reevaluación a los tres meses” fue el diagnóstico del oftalmólogo.

Antecedentes y penaEn mayo, Julián Calderón, rugbier de 18 años del Liceo Rugby Club, ya había amenazado a su víctima, anticipándole lo que finalmente ocurrió. Le había enviado un mensaje de texto vía Facebook haciéndole saber que no debía acercase a una chica que conocían en común, una supuesta amiga.

Por la grave lesión el rugbier fue sentado en el banquillo de los acusados e imputado del delito de lesiones graves dolosas, según el artículo 90 del Código Penal, que prevé penas de 1 a 6 años de cárcel.

“Se impondrá prisión de 1 a 6 años si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, lo hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro”, dice el artículo del Código Penal.

A partir de la declaración y el testimonio de varios testigos y con otras pruebas pudo dictarse la sentencia que considera a Julián Calderón culpable de haber mandado al quirófano a un menor.

El mismo acusado había reconocido tiempo atrás su violenta conducta, ya que le pidió disculpas a la víctima por mensaje de texto y días después fue con su padre a hacerlo personalmente.

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