El tribunal integrado por Elisa Zilli, Ricardo Bonazzola y Alejandro Grippo, resolvió condenar por homicidio en legítima defensa a Joel Fernández, alias Turi, a la pena de tres años de prisión de cumplimento condicional, más la observación de normas de conducta, que si no cumple motivarán la revocación de la condicionalidad para pasar a cumplir la pena en la cárcel.
También deberá realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público a designar, por ocho horas mensuales, durante el plazo de la condena.
Fernández mató a su tío cuando tenía 23 años, el hecho ocurrió el domingo 20 de octubre de 2013 cuando, tras comenzar a beber el sábado 19 después del mediodía, continuando toda esa tarde hasta la noche, y la madrugada y mañana y la tarde del domingo siguiente cuando se celebraba el Día de la Madre, tras una discusión menor le asestó, alrededor de las 18, un puntazo en el pecho con un cuchillo a su tío político Alberto Britez, alias Beto, de 53 años, que cayó muerto tras dar unos pasos y balbucear. Al parecer la víctima se había puesto agresiva con su pariente y lo comenzó a agraviar.
El hecho ocurrió en una casa ubicada en calle Chañar y Ambrosetti, en el barrio La Milagrosa Norte, en La Paz.
La fiscal coordinadora Matilde Federik propuso cambiar la calificación original de la causa, que comenzó a sustanciarse bajo la figura de Homicidio simple, por la de Homicidio simple cometido en exceso de la legítima defensa. Así, los magistrados entendieron que el imputado, a pesar del grado de alcoholización que presentaba en el momento del hecho tuvo capacidad para entender lo que hacía. En este sentido, lo condenaron a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
El tribunal rechazó el pedido de absolución por inimputabilidad que había solicitado la defensa. Según los estudios toxicológicos que le realizaron a Fernández, el joven estuvo al borde del coma alcohólico.
