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Estaba acusada de homicidio por la muerte de su bebé al nacer, pero esa situación no pudo probarse en el juicio. Es una historia en la que se mezclan pobreza, ignorancia y desesperación. La mujer tiene 32 años y otros 2 hijos

Condenada por aborto, su caso abre un debate ético y jurídico

Enrique Pfaabpfaab.enrique@diariouno.net.ar

San Martín. El resultado de la causa penal en la que una parturienta fue condenada esta semana por aborto y no por homicidio generó discusiones jurídicas y éticas. La acusada es de condición extremadamente humilde y trató de ocultar su embarazo por temor.La historia judicial culminó esta semana, pero la de esta mujer, de 32 años y oriunda de la zona rural de Rivadavia, aún continúa y se inició mucho antes que el expediente.
“M” –así se la identificará para no causar más daños que los ya sufridos– vivía en la zona del distrito  Los Campamentos. En 2011 ya tenía dos hijos pequeños, hoy de 4 y 9 años, y convivía con el padre de los pequeños. La familia era de condición humilde, vivía fuera de centros poblados y la relación de la pareja era compleja, por momentos hasta violenta.A fines de ese año la pareja terminó disolviéndose. Poco tiempo después “M” mantuvo relaciones con otro hombre y semanas después se dio cuenta de que había quedado embarazada. La reacción del amante, al enterarse de la novedad, fue agresiva. Le dijo que si lo responsabilizaba de la paternidad tomaría venganza contra ella y contra sus dos hijos. Las pericias psiquiátricas realizadas tiempo después, que constan en el expediente judicial, establecieron que “M” siente una fuerte sensación de abandono por parte de los hombres con los que se ha relacionado y, también, que especialmente siente temor por el futuro de sus hijos.Debido a las amenazas de su amante y al posible enojo que podría generar en su ex pareja, “M” decidió ocultar el embarazo. Durante los 9 meses de gestación se fajó para tratar de disimular su vientre y jamás fue a un control médico. Esto también fue confirmado en el expediente.Durante esos 9 meses nadie detectó el estado de embarazo de “M”, o si alguien se percató nadie le ofreció ayuda u acompañarla de alguna manera.El 28 de setiembre de 2012 fue el día. No se pudo confirmar con las pericias, pero se presume que “M” comenzó en algún momento de ese día con trabajo de parto.   La mujer fue hasta el interior de una finca, cerca del carril Primavera. Allí, en medio de los surcos y quizás con ayuda del padre biológico de su bebé –tampoco pudo ser probado con el grado de certeza suficiente– dio a luz. En realidad se cree que “M” estaba sola allí, que comenzó con las contracciones y luego, para lograr concretar el nacimiento, le ató la bombacha al cuello al bebé y tiró de ella.El bebé quedó allí, entre las viñas. Allí también quedaron la placenta, la bombacha ensangrentada y la faja que había usado “M” durante el embarazo.El 6 de octubre un obrero rural descubrió lo que quedaba de ese parto, después de que los perros de las cercanías dañaran seriamente el cuerpo del bebé. Apenas quedaba el cráneo, un brazo, restos de cabellos y piel, parte de la placenta, la bombacha ensangrentada y la faja.La Unidad Investigativa de Rivadavia debió trabajar varios días hasta lograr identificar a la madre, ya que en los registros de mujeres embarazadas en los centros de salud de la zona no había rastros de “M” y tampoco los vecinos de la zona podían describirla como una mujer a punto de parir.Finalmente, con pruebas de ADN que luego confirmaron las sospechas, “M” fue detenida y también el padre biológico del bebé.Originalmente la acusación fue de homicidio agravado por el vínculo. Así llegó a juicio. Sin embargo en instrucción se pasó por alto un detalle fundamental: los forenses no pudieron certificar que el bebé hubiera nacido vivo.Ese detalle sí fue detectado por el fiscal de cámara Oscar Sívori, que como primera medida y apenas abierto el debate llamó a declarar al responsable del Cuerpo Médico Forense, que confirmó que no había certeza sobre si el bebé nació vivo o muerto.Con esta duda la jueza María Victoria Franano, como presidente del tribunal, decidió que el caso era un “hecho diverso”, es decir que la acusación por homicidio agravado no era compatible con las pruebas obrantes. El fiscal Sívori finalmente acusó a “M” por aborto y pidió la pena mínima de 2 años de prisión efectiva, teniendo como atenuante la condición sociocultural de la imputada, su falta de antecedentes y el estado emocional y de abandono en que vivió el embarazo. El tribunal, 24 horas después, falló en concordancia con el pedido del fiscal.

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