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Esto ocurriría si la Provincia adhiere a la norma. El proyecto ya está en el Congreso y propone libre acceso e igualdad para todos frente a emergencias. Su elaboración demandó 2 años

Montañas libres: si se aprobara la ley, Mendoza dejaría de cobrar los rescates

La comunidad andinista argentina en especial, y todos aquellos que disfrutan de la montaña en general, celebraron el lunes la presentación en la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación de la ley de fomento del montañismo y acceso libre, conocida popularmente como la de montañas libres.El texto, que ya fue girado a las comisiones de Deportes y de Legislación General, de ser aprobado -y si lograra la adhesión de -, frenaría algunas medidas tomadas recientemente en la provincia, como el cobro de rescates en el Aconcagua."Hay muchos espacios en la montaña, en las sierras, que históricamente fueron transitados y practicados para lo deportivo y socio recreativo, con diversos motivos. Pero, de repente, se cierran. Esta ley permitiría reclamar que esos usos se mantengan, por un derecho adquirido, social y colectivo, de transitar esos espacios. Siempre con fines deportivos y no para lucrar", aclaró Mauricio Bernardo Bianchi, abogado y presidente del Club Andino San Luis, uno de sus redactores, acerca de lo que los alentó a trabajar en una legislación histórica para declarar el montañismo actividad de interés deportivo, cultural y socio recreativo en el territorio nacional. El espíritu de la propuesta que se plasmó en un proyecto presentado por el diputado Carlos Castagneto (FPV), que fue elaborado luego de asambleas, congresos y reuniones realizados durante los últimos dos años en todo el país -el Club Andino de San Rafael fue uno de los que participaron-, establece la responsabilidad del Estado (tanto nacional como provincial o municipal) de garantizar el acceso a los espacios para la práctica del montañismo. Esto siempre y cuando existan determinadas condiciones, como la idoneidad acreditada y el respeto a las normativas ya existentes y también hacia algunas restricciones ya establecidas, como ante los derechos adquiridos por títulos de una propiedad privada. Además de fomentar la responsabilidad en la práctica del deporte, con control de las organizaciones formadoras de montañistas.Urgencias y emergenciasEn el articulado de la norma, además, se establecen las pautas para las urgencias y emergencias, que en principio es para todos en general. "Los montañistas no son ni ciudadanos de primera ni de cuarta, y poseen los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro ciudadano ante situaciones en las cuales el Estado pueda o deba intervenir por hechos producidos por él mismo, terceros o la naturaleza", señala en sus fundamentaciones la ley."Buscamos la igualdad. Que una persona que practica andinismo tenga el mismo trato que un habitante o transeúnte o ciudadano del lugar. No pedimos un derecho mejor, sino un trato igualitario", agregó el escalador, destacando que el error que se comete siempre es confundir la actividad turística con la deportiva. Es a partir de esto que en caso de adherir Mendoza debería dar marcha atrás con el cobro de rescates y evacuaciones de andinistas que se instauró desde fines de 2016 para la última temporada de ascenso al Aconcagua, haciéndolos responsables a los propios escaladores del costo del helicóptero que debiera asistirlos en esos casos. Por hora al Estado le costaba alrededor de $40 mil. "Por principios, ya estamos en contra. Para ingresar al parque Aconcagua de por sí te cobran, y no es poco", agregó Bernardo Bianchi, poniendo como ejemplo que en las playas argentinas el turista o ciudadano no debe pagar en caso de tener que ser evacuado o socorrido.

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