Trabajar en el Poder Judicial y tener parientes con empleo en cualquier dependencia de ese poder público no es malo. Tampoco está fuera de la ley. Sin embargo, algunas relaciones familiares dentro de la institución pueden causar problemas, frenos o interrupciones en el servicio de administración de justicia, especialmente cuando salpican y perjudican a terceros, como en el caso del Jury de Enjuiciamiento al juez penal Sebastián Sarmiento.

Ojo que también suele ocurrir en política. Si no, pregúntele al presidente Javier Milei, que gobierna con esa especie de sombra a tiempo completo que es la hermana y armadora partidaria, Karina Milei. O revise el caso de Daniel Orozco, a quien la esposa, Janina Ortiz, le ha costado más de un dolor de cabeza -político y judicial- después de que ambos dejaran la conducción de la Municipalidad de Las Heras y fueran puestos bajo proceso penal por corrupción.

El problema, volviendo al impacto de las relaciones familiares en el ámbito judicial, ocurre cuando los parentescos entre personas que ocupan distintos cargos y ejercen diversas funciones chocan de frente e inciden, directa o indirectamente, en el desarrollo de procesos judiciales. Como en el Jury de Enjuiciamiento al juez Sebastián Sarmiento, que lleva 45 días frenado por la llamada "familia judicial".

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Dalmiro Garay, Teresa Day y José Valerio, tres de los jueces de la Suprema Corte que integran el Jury de Enjuiciamiento. Los dos primeros votaron para que el Jury a Sebastián Sarmiento avance. Valerio dijo que la acusación debía ser rechazada.

Dalmiro Garay, Teresa Day y José Valerio, tres de los jueces de la Suprema Corte que integran el Jury de Enjuiciamiento. Los dos primeros votaron para que el Jury a Sebastián Sarmiento avance. Valerio dijo que la acusación debía ser rechazada.

El derecho de defensa ante todo

Antes de exponer por qué el Jury a Sarmiento está frenado como consecuencia de relaciones de parentesco en el Poder Judicial hay que tener en cuenta algunos detalles que se han hecho presentes en este caso.

Como la causal de inhibición que pueden esgrimir jueces, fiscales o defensores públicos cuando son designados o elegidos por sorteo para resolver o ser parte de tal o cual caso que involucre a ciudadanos comunes o a Sarmiento, como en este asunto real. Lo hacen en nombre del debido proceso y para no afectar el desarrollo. O para no sentirse violentados moralmente.

O la causal de recusación que ciudadanos comunes o el propio Sarmiento pueden alegar para que tal juez, fiscal o abogado público sea apartado de resolver su situación procesal o representarlo bajo el argumento de que el derecho de defensa en juicio corre peligro.

En el caso del Jury a Sarmiento hubo de todo un poco de lo antes mencionado, por lo cual el proceso está frenado cuando, a estas alturas, el denunciado juez ya debería haber presentado su defensa por escrito, tal como decidió el Jury el 31 de julio cuando admitió formalmente -por 16 a 5- la acusación por mal desempeño.

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Sometido al Jury de Enjuiciamiento, el juez penal Sebastián Sarmiento pidió ser asistido por un defensor público, como nunca lo había hecho ninguno de sus colegas en idéntica situación.

Sometido al Jury de Enjuiciamiento, el juez penal Sebastián Sarmiento pidió ser asistido por un defensor público, como nunca lo había hecho ninguno de sus colegas en idéntica situación.

El origen del conflicto en el caso Sarmiento

Todo comenzó cuando el juez Sarmiento se convirtió en el primer magistrado mendocino sometido al proceso de Jury de Enjuiciamiento en solicitar, tal como permite la ley 4.970, ser defendido por un defensor público y gratuito.

Planteo extraordinario por cierto, ya que todos los magistrados locales llevados a Jury históricamente fueron defendidos por abogados particulares que los representaron a cambio de fuertes sumas de dinero por honorarios. Acá, Sarmiento dio la nota. ¿No puede pagar un abogado de su bolsillo? Sólo él lo sabe.

Podríamos decir que el proceso de designación del defensor público para Sarmiento arrancó con el pie izquierdo, ya que la jefa de los defensores públicos comisionó a Jorge Luque, que trabaja en General Alvear, por resolución 141, bajo el argumento de que "casi todos" los abogados públicos que trabajan en el Gran Mendoza ya habían participado de procesos penales en los cuales Sarmiento había intervenido como juez.

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Cecilia Saint André, jefa de los defensores públicos, ya ha designado a tres integrantes del plantel del Ministerio Público de la Defensa para asistir a Sebastián Sarmiento.

Cecilia Saint André, jefa de los defensores públicos, ya ha designado a tres integrantes del plantel del Ministerio Público de la Defensa para asistir a Sebastián Sarmiento.

Sin embargo, el cuestionado magistrado se aferró con uñas y dientes a la ley 4.970 y ganó la pulseada: rechazó a Luque como defensor y Cecilia Saint André debió aceptarlo porque Alvear está fuera del radio geográfico de asiento del Jury -el Gran Mendoza- donde debe cumplir funciones el defensor elegido.

La defensora de Sarmiento que se inhibió por "violencia ética y moral"

La posterior designación de la defensora oficial Cecilia Pedrazzoli -fechada el 29 de agosto por resolución 149- para asistir al juez Sarmiento puso sobre el tapete la problemática de la llamada "familia judicial" y otras cuestiones puramente jurídicas y formales.

A poco de ser notificada y de estudiar los expedientes que complican a Sarmiento en el Jury, Pedrazzoli se inhibió de representar al juez en el proceso de Jury de Enjuiciamiento.

Alegó "conflicto de intereses con la estrategia defensiva y violencia ética y moral que podría provocar sospecha de incumplimiento de sus deberes de lealtad como defensora técnica". Pero hay otro detalle que la complicaba: es esposa de un magistrado en ejercicio: el fiscal penal de Menores Gustavo Farmache, de reconocida, proba y experimentada trayectoria en el Ministerio Público Fiscal.

La tercera designación para asistir al juez Sarmiento

El nuevo capítulo de esta historia se produjo el 11 de septiembre, cuando -luego de que el Jury aceptara el autoapartamiento de Pedrazzoli- la jefa de los defensores públicos designó a la defensora oficial Silvina González para asistir a Sarmiento.

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Silvina González fue designada para defender al juez Sebastián Sarmiento ante el Jury de Enjuiciamiento, pero aún no está confirmado que vaya a ejercer ese rol.

Silvina González fue designada para defender al juez Sebastián Sarmiento ante el Jury de Enjuiciamiento, pero aún no está confirmado que vaya a ejercer ese rol.

La magistrada aceptó el cargo, pero pidió a la superioridad que le conceda un plazo de 10 días para estudiar las causas que complican a Sarmiento en el Jury y verificar si ella participó o no en alguna y si pleiteó o no contra Sarmiento, lo que también podría ser considerado causal de inhibición.

Sin embargo, hay una relación familiar de González que Sarmiento tiene en cuenta y que podría derivar en el rechazo de la designación de la defensora, si ella no se aparta antes.

Se trata del parentesco con Leticia Martí, fiscal penal de Menores del Gran Mendoza. Son cuñadas y eso, para Sarmiento, es motivo suficiente para rechazar ser defendido por González ante el Jury.

¿Será el acusado juez Sebastián Sarmiento su propio abogado?

El cuestionado juez penal Sebastián Sarmiento ha tomado debida nota de las complicaciones que generó en el desarrollo del proceso de Jury su decisión de ser representado por un defensor público.

Y por estas horas piensa en una posibilidad, aunque remota: defenderse a sí mismo.

Esto también sería extraordinario porque ningún magistrado mendocino se defendió por cuenta propia. Está mal visto ser abogado de uno mismo, indica un viejo adagio del mundillo judicial. Y eso, Sarmiento, también lo sabe.

Parentesco, la causal de inhibición o recusación

El tema de las causales de inhibición y recusación de magistrados fue claramente expuesto por la titular del Ministerio Público de la Defensa y jefa de los defensores oficiales, Cecilia Saint André, en la resolución 162 cuando designó a González.

Insistió con que inicialmente designó al defensor Luque, de Alvear, para defender a Sarmiento, teniendo en cuenta que todo el cuerpo de defensores oficiales del Gran Mendoza había pleiteado con Sarmiento en función de juez penal. Y para garantizarle el derecho de defensa sin afectarlo de modo alguno.

Luego, Saint André analizó las diversas causales expuestas por los protagonistas de este complejo proceso y habló de las famosas relaciones interpersonales, como las de parentesco.

"La variedad de planteos inhibitorios podría referirse también a aspectos subjetivos: parentesco, violencia moral, amistad y enemistad, entre otras situaciones, que podrían configurar alguna causal de inhibición".