Julieta Silva (30) fue trasladada este miércoles desde Las Paredes, donde se encontraba cumpliendo arresto domiciliario, hasta la cárcel de San Rafael. Allí quedó alojada en el pabellón femenino de Unidad IV y deberá cumplir su condena tras las rejas por lo menos hasta marzo del 2020.
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La medida se llevó adelante luego de que el tribunal conformado por los jueces Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle, el mismo que la condenó a 3 años y 9 meses de prisión por el homicidio de Genaro Fortunato (25), revocara el arresto domiciliario.
El martes la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó un recurso presentado por la defensa de Silva donde se pedía que fuese la Corte nacional quien revise el fallo, argumentando que había defectos en la fundamentación.
Pero el máximo tribunal mendocino negó que el expediente llegue a esa instancia superior rechazando la admisión del recurso ya que, básicamente, indicaron que se repitieron exactamente los mismos argumentos.
Los ministros Mario Adaro, Dalmiro Garay y José Valerio ordenaron que la causa vuelva al tribunal de San Rafael. Finalmente, este miércoles se conoció que la Justicia del sur le daba un nuevo revés a Silva.
Atropellado
En la madrugada del 9 de septiembre de 2017, Julieta Silva y Genaro Fortunado salieron del bar La Mona, donde habían acudido a bailar. Ambos estaban alcoholizados y comenzaron a discutir.
La joven se subió a su vehículo y el rugbier se acercó por el lado de la ventanilla. Cuando aceleró, el joven quedó tendido en el suelo. Julieta Silva avanzó algunos metros, luego regresó y atropelló a la víctima, quitándole la vida.
En el juicio en su contra, la parte acusatoria entendió que la acusada había tenido la intención de matar a Fortunato. El fiscal Fernando Guzzo pidió una condena a 14 años de calificación por homicidio agravado por el vínculo pero atenuado por emoción violenta. El abogado de la familia Fortunato reclamó la prisión perpetua. En tanto que la defensa clamó por la absolución.
Los jueces Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle terminaron condenando a 3 años y 9 mese de cárcel a la conductora por homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria. Es decir, consideraron que se trató de un accidente motivado por la negligencia y no con una intencionalidad.
