Plenario en mayoría

Caso Alan Villouta: un fallo de la Corte abrió el camino para reactivar la condena a Verdenelli

La Corte decidió, mediante un nuevo criterio, que avisar a los abogados de los culpables es suficiente para que éstos empiecen a cumplir condenas firmes

Editado por José Luis Verderico
verderico.joseluis@diariouno.com.ar

Diario UNO lo había anticipado tras el escándalo judicial por la reciente prescripción de la condena al empresario Alejandro Verdenelli por la muerte de Alan Villouta. Un fallo plenario en mayoría de la Suprema Corte de Justicia modificó un criterio histórico y sentó un precedente que despejó el camino para revertir aquella "mala praxis" en breve, cuando deba resolver los planteos en Casación de la familia del chico fallecido hace 9 años y del Ministerio Público Fiscal para que la condena sea reactivada.

Alan Villouta murió hace 9 años atropellado en el Acceso Sur. El fallo plenario de la Corte y el nuevo criterio acerca de cuándo quedan firmes las condenas en Mendoza despejó el camino para reactivar la condena al homicida Verdenelli, que prescribió el 11 de agosto.

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia fijó una nueva regla y determinó que una sentencia condenatoria en la Justicia Penal de Mendoza queda firme y debe comenzar a cumplirse inmediatamente cuando el abogado del culpable es notificado por vía digital, sin necesidad de que el reo sea avisado personalmente.

El caso Alan Villouta en el laberinto llamado Justicia de Mendoza, publicó Diario UNO el 16 de agosto anticipando lo que la Corte decidió este miércoles.

El nuevo criterio, que ya fue comunicado a los tribunales inferiores, se fijó antes de dictar sentencia definitiva en el caso "López Agüero, Emiliano Nicolás por robo agravado", que tuvo sentencia en juicio hace 10 años y espera resolución de la Corte. A pedido de la Procuración, la Corte llamó a plenario para este caso y el nuevo criterio, alumbrado este miércoles, es aplicable al caso de Alan Villouta y a los futuros.

Gracias al fallo plenario de la Suprema Corte de Justicia se determinó -por mayoría- que la acción penal contra cualquier ciudadano prescribe automáticamente con la sola notificación al representante legal.

Esto dejó sin efecto la histórica práctica que el 11 de agosto benefició a Alejandro Verdenelli al haber sido notificado personalmente del rechazo de un Recurso Extraordinario Federal cuando el plazo máximo de la pena por homicidio imprudente al volante había vencido, lo que determinó el sobreseimiento en un Tribunal Penal Colegiado.

Condenas firmes y notificaciones: decisión de la Corte

Tras el acuerdo del que participaron los 7 jueces de la Suprema Corte, José Valerio fue el único que mantuvo la histórica norma al considerar que una condena debe comenzar a cumplirse cuando el sentenciado es notificado personalmente del rechazo del Recurso Extraordinario Federal, última instancia recursiva en Mendoza.

Mario Adaro lo acompañó aunque con un matiz importante y práctico: la notificación al reo puede ser personal o electrónica por mail o Whatsapp, debidamente verificado y trazable en su recorrido, teniendo en cuenta que, cada vez que un ciudadano es imputado al comienzo de un proceso penal, declara un domicilio digital propio en los Tribunales.

De ese modo, el abogado y el condenado se enterarán al mismo tiempo y a través del mismo mecanismo, de que el momento de cumplir la condena llegó y de que ya no hay margen para quienes pretendan fugarse.

Mario Adaro consideró que la notificación al reo, en caso de sentencia firme en Mendoza, puede ser personalizada o vía electrónica, al mismo tiempo que al abogado defensor.

Teresa Day (quien lideró el voto en mayoría), Dalmiro Garay, Julio Gómez y Norma Llatser -que adhirió al voto de Day en todos los términos- coincidieron en que la notificación al abogado es suficiente para que una condena quede firme en la Justicia Penal de Mendoza y la pena comience a ejecutarse de inmediato cuando sea rechazado el Recurso Extraordinario Federal.

Omar Palermo coincidió en cuanto a la modalidad de la notificación al letrado y no al reo, pero planteó -en soledad- una diferencia sustancial y determinante: para él, una condena penal debe comenzar a ejecutarse no cuando se agotan las vías recursivas en Mendoza sino cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechaza la última posibilidad: el Recurso de Queja.

En síntesis, el fallo en mayoría de la Suprema Corte de Justicia terminó 4 (Day, Garay, Llatser y Gómez), 2 (Valerio y Adaro) y 1 (Palermo).

Así votaron los jueces de la Suprema Corte

La decisión fue firmada este miércoles en el cuarto piso de los Tribunales provinciales, justo el día en que se cumplieron 9 años de la muerte de Alan Villouta, atropellado y abandonado por el empresario Alejandro Verdenelli, en el Acceso Sur, en Guaymallén.

Qué dijo José Valerio

"Notificar al reo significa comunicar fehacientemente al reo o condenado la sentencia condenatoria firme, de modo que pueda acreditarse su efectivo conocimiento y quede habilitada la etapa de ejecución de la pena en los términos establecidos por la legislación aplicable".

José Valerio.

Qué dijo Omar Palermo

"Corresponde entender por sentencia firme aquella respecto de la cual se han agotado las vías recursivas legalmente previstas y que, por ello, ha adquirido la inmutabilidad propia de la cosa juzgada. Una vez alcanzado ese estado, el inicio del plazo de prescripción de la pena no requiere la notificación personal de la persona condenada, resultando suficiente la comunicación de la resolución a su defensor técnico. Esta interpretación permite dotar de operatividad al instituto de la prescripción y, al mismo tiempo, mantener una interpretación sistemática y coherente del régimen previsto por el artículo 66 del Código Penal".

Omar Palermo consideró que una sentencia condenatoria debe comenzar a cumplirse cuando la Corte nacional rechaza el Recurso de Queja, la última instancia de la justicia argentina.

Qué dijo Mario Adaro

"El plazo de prescripción de la pena comenzará a correr desde la medianoche del día en que la sentencia firme haya sido notificada fehacientemente al reo, ya sea en forma personal o mediante domicilio electrónico efectivamente validado por los medios ya referenciados. De manera que, de haberse constituido válidamente un domicilio electrónico, en los términos expuestos, podrá tenerse por cumplida mediante la comunicación cursada a ese domicilio, sin que ello importe apartase de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación si no, antes bien, darle cumplimiento efectivo con los medios que el actual estado del ecosistema digital pone a disposición de los operadores de justicia".

Qué dijo Teresa Day

"El plazo de la prescripción de la pena debe comenzar a computarse desde el momento en que se notifica a la defensa técnica el rechazo de la concesión del Recurso Extraordinario Federal interpuesto, pues es en ese momento cuando la sentencia condenatoria adquiere firmeza; o, en su caso, desde la notificación del rechazo del recurso de Casación –o de Inconstitucionalidad–, si no se hubiera interpuesto el Recurso Extraordinario Federal".

Teresa Day, jueza de la Suprema Corte de Justicia, en su despacho. Fotos: Martín Pravata

Qué dijo Julio Gómez

"No resulta necesario, a fin de dotar de firmeza a la resolución del Recurso Extraordinario Federal, que el mismo sea notificado en forma personal al acusado, por cuanto resulta suficiente la notificación a su defensor".

Qué dijo Dalmiro Garay

"El plazo de la prescripción de la pena debe comenzar a computarse desde el momento en que se notifica a la defensa técnica el rechazo de la concesión del Recurso Extraordinario Federal interpuesto, pues es en ese momento cuando la sentencia condenatoria adquiere firmeza; o, en su caso, desde la notificación del rechazo del recurso de Casación –o de Inconstitucionalidad–, si no se hubiera interpuesto el Recurso Extraordinario Federal".

En pocas palabras

  • Modificación de criterio: la Suprema Corte de Justicia de Mendoza definió que las condenas quedan firmes al notificarse al abogado del reo, no al condenado.
  • Caso Verdenelli: el fallo apunta a reactivar la condena a Alejandro Verdenelli por la muerte de Alan Villouta tras un cambio en la jurisprudencia.
  • Nueva regla: se establece que la notificación digital al representante legal es suficiente para iniciar el cumplimiento de la pena tras agotar instancias locales.
Resumen generado por Thinkindot AI

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