El Arzobispado de Mendoza se refirió este jueves al caso del sacerdote que fue denunciado civilmente por acoso sexual por la mujer que sufrió los mismos hechos hace 20 años, cuando era una adolescente, en manos del religioso. Desde la Iglesia acusaron a los abogados de la supuesta víctima de "liviandad ética y jurídica" y al Tribunal que interviene le reclamó que "actúe conforme a derecho, según la naturaleza reglada de su actividad".
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Por el hecho, la Justicia pidió la prohibición del traslado del cura mientras se desarrolle el proceso judicial.
La demanda civil por daños y perjuicios, derivada del abuso sexual y encuadrada dentro de la Ley 26.485, fue iniciada por una mujer, ahora de 36 años, que dice haber sido abusada cuando tenía 16 años y ahora vuelta a acosar por el mismo sacerdote, de 57 años, cuando este estaba destinado a la parroquia de Palmira, en San Martín.
Los abogados patrocinantes de la demandante son Carlos Lombardi y Carolina Jacky, quienes lograron que el juzgado civil a cargo de María Eugenia Ibazeta hiciera lugar al pedido de la víctima y le ordenara al Arzobispado que el sacerdote permanezca en su destino actual y no pueda ser reasignado a otro lugar, mientras se tramita el pleito. Además, ordenó al demandado abstenerse de acercarse a los lugares donde la mujer desarrolla su vida social y laboral.
En la mañana de este jueves, a través de un comunicado de prensa, el Arzobispado dijo que “el 26 de mayo pasado, se nos ha notificado una medida judicial del Tribunal de Gestión asociado Nro. 3, que prohíbe el eventual traslado de un sacerdote por una causa por violencia de género iniciada contra él y este Arzobispado y cuyos términos nos resultan desconocidos porque nunca fuimos notificados de demanda alguna”.
Luego indicaron que “sorprende la liviandad ética y jurídica con la que los abogados patrocinantes de la causa hacen apariciones mediáticas, avaladas por la notoria y desprolija actividad del tribunal en cuestión, con severas y graves fallas de constitucionalidad en su obrar, toda vez que hay una causa judicial cuyos demandados no conocen en absoluto los términos de lo reclamado”.
Más adelante indican que “confiamos en que la Justicia dé los pasos necesarios para reparar la gravedad de lo actuado hasta ahora y salvaguarde los derechos de todas las personas e instituciones afectadas. Que actúe conforme a derecho, según la naturaleza reglada de su actividad. En el camino de la verdad de los hechos, la autoridad judicial no puede obrar con arbitrariedad, prescindiendo de las elementales garantías constitucionales”.
Finalmente dicen apelar “a la responsabilidad de los medios de comunicación para no difundir información sin el respaldo de la verdad de los hechos, dando por verificados procesos judiciales aún no notificados a los eventuales reclamados”.


