Litigio

La Justicia admitió el amparo de COVIAR y la habilitó a cobrar aportes para el Plan Vitivinícola

El INV volverá a informar la producción que debe pagar aportes a COVIAR para el PEVI. Por el amparo, el Tribunal Federal n° 2 les devolvió carácter obligatorio

El partido entre la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) y el gobierno nacional sigue con victoria parcial para la entidad. La Justicia Federal admitió el recurso de amparo en favor del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI), lo que habilita a la Corporación vitivinícola a cobrar los aportes obligatorios para financiarlo.

En medio del clima mundialista, se podría decir que COVIAR marcó un gol que puede ser determinante para avanzar. Sobre todo en un partido con 3 meses por jugar y frente a la resolución de la Secretaría de Agricultura de la Nación que pretende eliminar el pago o sólo darle carácter voluntario.

Es el plazo (prorrogable) de la medida cautelar para que el Tribunal Federal N° 2 de Mendoza resuelva la cuestión de fondo del expediente “Corporación Vitivinícola c/Estado Nacional-Ministerio de Economía s/Amparo Ley 16.986". Eso le permite a la organización que ejecuta el PEVI recaudar las contribuciones pendientes desde el 5 de mayo último.

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El amparo que presentó COVIAR y admitió la Justicia considera

El amparo que presentó COVIAR y admitió la Justicia considera "improcedente" la medida del Gobierno nacional que quiere eliminar el cobro de aportes de la vitivinicultura

A principios de mayo, el directorio de la Corporación Vitivinícola había decidido ir a la Justicia en defensa del Plan Estratégico. La decisión contó con el apoyo de varias provincias productoras (San Juan, Jujuy, Catamarca, La Rioja y Entre Ríos) además de las cámaras que agrupan a buena parte de las bodegas y las plantas elaboradoras de mosto.

La comunicación de COVIAR a las bodegas

Conocida la sentencia de la Justicia, emitida el jueves 11 de junio, desde COVIAR empezaron a notificar a las bodegas sobre el cobro de los aportes adeudados, cuyo importe no trascendió. Y que podrá recaudar, en principio, al menos hasta septiembre.

"Se informa que, tanto el régimen de las contribuciones obligatorias como el procedimiento de paralización de trámites por ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) para los supuestos de incumplimientos, institutos previstos en los Arts. 10 y 13 de la Ley 25.849, se encuentran plenamente vigentes", señaló en un comunicado.

Al admitir el amparo, el Juzgado Federal N° 2 se pronunció sobre tres puntos clave afectados por la resolución 55 de la Secretaría de Agricultura con fecha 5 de mayo. Y así ordenó al Ministerio de Economía en ese orden:

a) suspender en forma inmediata la aplicación de todas las normas contempladas en la Res. SAGyP N° 55/2026 " mientras se sustancia el presente amparo"

b) ordenar al Instituto Nacional de Vitivinicultura a continuar con la debida información que debe brindar a COVIAR sobre los hechos imponibles de las contribuciones obligatorias

c) ordenar al INV la continuidad de la aplicación del Art. 13 de la Ley 25.849 respecto de los incumplimientos de las contribuciones obligatorias, tanto las que se hayan devengado con anterioridad al 5/5/2026, como las que se devenguen con posterioridad, mientras esté vigente la protección cautelar”.