Miles de personas que se anotaron para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia que otorga un bono de $10.000 a desempleados o trabajadores en negro se econtraron en el padrón con: "Tu solicitud ha sido denegada".
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No tienen trabajo en blanco, algunos hacen changas "en negro" pero reciben alguna ayuda social de municipios, provincias o Nación. Ese plan social les impide calificar para el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia por lo que sus solicitudes han sido denegadas.
La ANSES fue clara a la hora de anunciar los requisitos para el bono de $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Entre ellos figuraba como incompatibilidad tener ingresos provenientes de "Planes sociales, Salario Social Complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales".
Los únicos que reciben planes pero están habilitados para cobrar el IFE son los beneficiarios de AUH, Asignación por Embarazo y Progresar.
Otra causal de rechazo del bono de $10.000 es cobrar la "Prestación por desempleo".
Esas son dos de las causales más repetidas a la hora de consultar el motivo del rechazo ingresando con la Clave de la Seguridad Social en Mi Anses.
Otros motivos pueden ser:
- No cumple con algún requisito como ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años; o tener entre 18 y 65 años de edad.
- Es Monotributista C en adelante,
- Se inscribió más de un integrante de la familia (solo lo percibe uno),
- Que algún miembro de la familia es: trabajador registrado (a excepción de la empleada doméstica) o cobra haberes por jubilación, pensión o retiros de carácter contributivo o no contributivo.
- También sucede que muchas parejas separadas aún figuran como cónyuges en la ANSES, integrando el mismo grupo familiar aunque de hecho ya no se dé de esa manera.
Cómo saber por qué tu solicitud ha sido denegada
El motivo del rechazo se puede conocer en MI ANSES con la Clave personal de Seguridad Social.
Es una contraseña que mantiene tus datos personales a resguardo del acceso de terceros y te permite ingresar al portal de gestión Mi ANSES.
Para crearla necesitás CUIL; N° de DNI, LC o LE y dispositivo con acceso a Internet.
Paso a paso
- Pensá y anotá una clave que te resulte fácil de recordar y que al mismo tiempo sea segura.
- Ingresá a la Clave de la Seguridad Social.
- Escribí tu N° de documento y respondé correctamente las preguntas de seguridad sobre tus datos personales e historia laboral.
- Si completaste correctamente estos pasos, ya podés ingresar a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Contás con 90 días corridos para habilitar tu clave.
Cuál es el mail para reclamar que tu solicitud ha sido denegada
El reclamo por el rechazo de la solicitud del bono de $10.000 IFE puede hacerse por mail a consultas@anses.gov.ar, por teléfono al *130 y por la línea 130. Además, a partir del lunes 13 de abril, ANSES abriría oficinas de atención o UDAI en las que se podrá efectuar el reclamo de manera presencial.
Acceso al Ingreso Familiar de Emergencia
Sigue habilitado el acceso al padrón del Ingreso Familiar de Emergencia para que los preinscriptos, según un cronograma, consulten si su solicitud fue aprobada o no en https://www.anses.gob.ar/ingreso-familiar-de-emergencia .
- Los DNI finalizados en 6 y 7 podrán realizar la consulta por el bono el jueves 9 de abril.
- Y los DNI terminados en 8 y 9, el viernes 10 de abril.
El sábado quedará habilitado nuevamente el padrón para todos aquellos cuya solicitud estaba siendo analizada o formularon un reclamo y desean saber qué pasó con su trámite.
Quiénes cobran el seguro de desempleo
Desempleado habiendo sido trabajador en relación de dependencia despedido sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas y estar comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.
Acceder al seguro de desempleo
Beneficios
- Derecho a asignaciones familiares (ordinarias y extraordinarias)
- Obra social.
- El período durante el cual se cobra el seguro se computa como antigüedad para fines previsionales.
Quiénes no pueden acceder al seguro de desempleo
Trabajadores que:
- Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia ex combatientes del Atlántico Sur.
- Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.
- Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando el trabajador deja de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.
- Pertenezcan a los siguientes regímenes:
- Trabajo Agrario (se rige por Ley 25191, Decreto 453/2001 y Resolución MTEySS Nº 543/04).
- Servicio doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.
