La aplicación de la Revisión Técnica se encamina a un nuevo aplazo luego de que la Cámara de Senadores votara una modificación propuesta por el Ejecutivo de Mendoza y la oposición incorporara una nueva prórroga. Por lo tanto será obligatoria recién en marzo del año próximo.
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El Sistema de Revisión Técnica Periódica y Obligatoria fue creado a partir de la nueva Ley de Tránsito que se votó en diciembre del 2017 y su decreto reglamentario publicado en el Boletín Oficial en julio del 2018.
Originalmente se tenía planeado que desde el 1 de enero del 2020 ya todo el parque automotor de Mendoza contara con la oblea pertinente pero esto no se consiguió. Fue recién en diciembre del 2019 que, desde la Secretaría de Servicios Públicos, decidieron suspender su puesta en marcha.
Según explicaron desde la cartera que encabeza Natalio Mema, la crisis económica había desincentivado las inversiones que debían hacer los talleres para prestar este servicio y no se contaba con el número suficiente. La publicación en el Boletín Oficial dejaba un final abierto y no establecía una fecha.
"Artículo 38°- El Director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, mediante resolución fundada, establecerá la fecha a partir de la cual será exigible la Revisión Técnica Obligatoria prevista en la presente resolución a los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados", señala el ítem informado en diciembre.
El plan que se tenía desde el Gobierno era que, una vez que se habilitaran los talleres necesarios, se otorgara un plazo de seis meses para que todos los vehículos pudiesen cumplir con ese requerimiento.
Según se conoció a partir del proyecto que mandó el Ejecutivo a la Legislatura, Mendoza ya cuenta con 22 talleres en condiciones de ser registrados dentro de la órbita de la Agencia Nacional de Seguridad Vial pero, desde la entidad nacional, le requirieron un nuevo paso administrativo antes de la puesta en marcha del nuevo sistema.
Para ello se debió modificar el artículo 35 de la ley provincial N° 9.024 en donde el Gobierno de Mendoza mantenía la potestad de reglamentación. "Las revisiones técnicas en vehículos de uso particular estarán sometidas a la competencia de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, pudiendo ésta ejercer la prestación del servicio y su control y fiscalización en forma directa o indirecta", expone el nuevo proyecto que podría ser convertido en ley.
Durante el debate en la Cámara Alta, desde la oposición aprovecharon para incorporar dos modificaciones. Por un lado, pidieron que el sistema se ponga en marcha recién a partir de marzo del 2021. Por el otro, se requirió que los centros de revisión sean instalados de forma equitativa en todo el territorio. Es decir, que la distancia que se deba recorrer para realizar este trámite no supere los 80 kilómetros.
Los controles analizarán los siguientes elementos:
- Sistema de frenado
- Sistema de dirección
- Sistema de suspensión
- Sistema de transmisión
- Sistema de rodamiento
- Sistema de iluminación (de faros de cruce, o bajas; de faros de largo alcance o altas; de luces de posición; luces de freno; de giro y adicionales).
- Nivel de ruido: silenciador y sistema de escape
- Emisión de contaminantes, gases de escape, pérdidas de fluidos
- Identificación del vehículo: numeración de motor, carrocería, chasis, chapa patente (concordancia con la documentación, ubicación reglamentaria, legibilidad)
- Estado general del vehículo y carrocería: estado, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl.
- Parabrisas, luneta y cristales laterales, que permitan una visión correcta y sin deformaciones.
- Limpiaparabrisas
- Espejos retrovisores
- Dispositivos del sistema de instrumental y registro de las operaciones. Accesorios de Seguridad y Elementos para Emergencia (cinturones de seguridad, apoya cabeza, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflectante, chaleco refractario, botiquín de primeros auxilios etc.).
El requerimiento incluye a todos los autos con más de 36 meses de antigüedad.
