El Frente de Todos aprobó este jueves en el Senado de la Nación la nueva Ley de Alquileres que reforma el vínculo entre propietarios e inquilinos, sin la presencia de la oposición, que se retiró de la sesión en medio de una pelea con el oficialismo.
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La nueva norma se votó de forma conjunta con otro proyecto, referido a la suspensión de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS) y fue sancionada con 41 votos afirmativos y ninguno en contra.
Lo nuevo
- Los contratos tendrán un plazo mínimo de tres años, en lugar de dos, como sucede actualmente.
- La actualización del precio de todos los contratos (independientemente de su valor) será anual, en lugar de semestral.
- El aumento del precio del alquiler se calculará sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución mensual de la inflación ( IPC) y de los salarios (RIPTE).
- El depósito de entrada que pagan los inquilinos al iniciar el contrato no podrá representar un monto mayor al valor del primer mes de alquiler.
- Los inquilinos tendrán más opciones a la hora de presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.
- Las expensas extraordinarias quedarán a cargo del propietario y no del inquilino. El inquilino sólo deberá pagar las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio.
- Los ocupantes de la vivienda podrán interrumpir el contrato y abandonarla en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo de tres meses de aviso previo.
- Todos los contratos deberán estar inscriptos ante la AFIP para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal. Así, obligaría a los propietarios a "blanquear" el ingreso que perciben por el alquiler, y se evitarán los conflictos por contratos fraudulentos o apócrifos.
- El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.
- Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.
- La intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
- Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.