Mediante una resolución de alcance nacional, PAMI formalizó el acuerdo de reparación integral alcanzado en sede judicial en diciembre de 2025 en Mendoza. La nueva norma ordena criterios de acceso, procedimientos y reglas de cantidad para la cobertura de medicamentos para jubilados al 100% por razones sociales.
“El acuerdo se originó en el marco de la causa penal contra las autoridades de PAMI por el incumplimiento de una medida cautelar –civil- previa que ordenaba retrotraer los recortes en la cobertura de medicamentos”, repasó el abogado Carlos Blanco, uno de los artífices de la medida.
“El titular de PAMI, Esteban Leguizamo, ofreció un acuerdo de reparación integral en el que se comprometió a ampliar la cobertura de medicamentos genéricos y hacer más livianos los requisitos para acceder a esos medicamentos”, agregó en diálogo con Canal 7 tras la audiencia de homologación.
Como ya contó Diario UNO en su momento, entre las claves de la nueva resolución se encuentra el nuevo criterio de acceso a los medicamentos gratuitos: el límite de ingresos es de 1,5 haberes mínimos, pero no se sumarán los haberes de jubilación y pensión para este cálculo, permitiendo que quienes cobran ambos beneficios mínimos recuperen la cobertura. Además, se excluyen los bonos y adicionales del cómputo.
Los argumentos oficiales de PAMI
La resolución reconoció que el régimen de cobertura al 100% por razones sociales ya ha sido objeto de control por parte de los tribunales, los cuales concluyeron que el sistema es "razonable y proporcional". Según PAMI, los pronunciamientos judiciales adquirieron autoridad de cosa juzgada, consolidando la validez jurídica de los criterios aplicados.
En tanto que, para ampliar el alcance del acuerdo a todo el país, PAMI argumentó que existía una "dispersión normativa" y que esto generaba incertidumbre sobre la vigencia de ciertas disposiciones, por lo que se consideró imprescindible dictar una "única norma consolidada" que aporte claridad y seguridad jurídica.
Cuáles son las nuevas condiciones de PAMI para entregar medicamentos gratis a jubilados
Criterios socioeconómicos de acceso
Para acceder al subsidio social, el afiliado debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ingresos: deben ser menores a 1,5 haberes mínimos previsionales. En hogares donde exista un Certificado Único de Discapacidad (CUD), el tope se extiende a 3 haberes mínimos.
- Cálculo de ingresos (beneficio para el afiliado): el afiliado percibe más de un beneficio, se toma exclusivamente el monto de la jubilación, excluyendo del cálculo las pensiones, bonos u otros beneficios compatibles. Solo se considera la pensión si el afiliado no posee jubilación.
- Patrimonio: no se debe poseer más de un inmueble, ni ser titular de embarcaciones, aeronaves de lujo o activos societarios que demuestren capacidad económica.
- Vehículos: no se puede poseer un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, a menos que haya un integrante con CUD en el hogar.
- Excepción: los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur (AGAS) están exceptuados de cumplir estos criterios socioeconómicos.
Vía de reconsideración
Si un afiliado no cumple con los criterios de ingresos o patrimonio, aún puede solicitar la cobertura total si el costo de sus medicamentos es igual o superior al 15% de su ingreso previsional mensual. En estos casos, el PAMI realiza un informe social y una escala de vulnerabilidad sociosanitaria para decidir el otorgamiento.
Procedimientos según la cantidad de medicamentos
La resolución establece tres niveles de control para evitar riesgos de polifarmacia y asegurar el uso racional de recursos:
- Hasta 4 medicamentos: la autorización es inmediata a través del sistema online una vez cargada la documentación en la UGL o agencia correspondiente.
- 5 o 6 medicamentos: requiere una evaluación médica por un profesional habilitado en la UGL o agencia local, quien debe emitir un dictamen fundado.
- Más de 6 medicamentos: la intervención de la Gerencia de Medicamentos (nivel central) es obligatoria, exigiendo además un resumen de historia clínica y estudios complementarios que justifiquen la necesidad terapéutica.
Digitalización y Control
- Receta electrónica: es obligatorio el uso exclusivo de la receta electrónica; no se aceptan recetas manuales para este beneficio.
- Cruces de datos: la verificación de los requisitos se realiza mediante cruces automáticos con sistemas oficiales, lo que agiliza el trámite y reduce la carga burocrática para el jubilado.
- Cosa Juzgada: el documento resalta que este régimen ha sido validado por tribunales competentes, adquiriendo autoridad de cosa juzgada, lo que garantiza su estabilidad jurídica
El nuevo vademécum de PAMI de medicamentos gratuitos para jubilados
“Fruto de esta lucha, la resolución se hizo extensiva a todo el territorio de la Nación”, aseguró Blanco, que, a su vez, confirmó que junto con la resolución, entró en vigencia el nuevo vademécum establecido por la Gerencia de Medicamentos que amplió la cobertura del 100% de 177 drogas a 545.
La resolución estableció que los medicamentos cubiertos son aquellos que el PAMI define para el régimen de subsidio social bajo principios de "uso racional" y seguridad sanitaria.
“Se trata de drogas de uso más común por los jubilados”, indicó el abogado.
Independientemente del nombre del remedio, la resolución exige que todos los medicamentos de estas listas sean prescritos y dispensados exclusivamente mediante receta electrónica.
Además de los 545 fármacos gratuitos, el nuevo vademécum de PAMI incluye 354 principios activos destinados a tratamientos crónicos como: anemia crónica, cardiología, dermatología, diabetes, endocrinología, hematología, hemofilia, HIV, infectología, neumología, neurología, nutrición, oftalmología, oncohematología, oncología, osteoporosis, psiquiatría, patología renal, reumatología, trasplantes y urología.







