Derecho alimentario

Los artilugios de la Justicia para evitar que la inflación pulverice las cuotas alimentarias

La crisis económica no solo se lleva puestos salarios y empleos, sino también los derechos de niños y adolescentes de padres separados. El famoso artículo 148 del Código Procesal y los convenios por porcentaje que "salvan" la ecuación

Tal como pasa con los salarios, las cuotas alimentarias también ven cómo mes a mes pierden su valor ante el vertiginoso ritmo de la inflación. En el camino, abogados y jueces intentan esfuerzos casi desesperados para que niños y adolescentes no pierdan su derecho.

La Justicia argentina hace malabares para que, dentro de lo que está a su alcance, las cuotas alimentarias no pierdan poder adquisitivo. Para eso, el Código de Procedimiento de Familia provincial les da una herramienta a los jueces: el artículo 148.

Establece que "la sentencia que fije la cuota alimentaria deberá contener los mecanismos idóneos y eficaces para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de la cuota".

►TE PUEDE INTERESAR: La inflación que más: más de un millón de chicos se saltea alguna comida por falta de dinero en su casa

Pero claro, la Justicia de Familia está colapsada y la inflación es galopante por lo que las cuotas muchas veces terminan corriendo sin aliento detrás de los precios que son mucho más veloces.

Mecanismos para la actualización de las cuotas alimentarias

Si hay alguien que conoce bien el terreno, esa es la doctora Patricia Pérez, abogada especialista en Derecho de Familia.

"Nada en Familia queda fijo", dice como una premisa en diálogo con Diario UNO. Pero claro, los cambios no son de un día para el otro. En el mejor de los casos pasan meses, pero a veces las resoluciones llegan años después. Y la necesidad del alimentado, claro está, es hoy.

El sistema está colapsado y, en tiempos como los que vivimos, dice la abogada, la crisis afecta tanto al alimentante como al alimentado por lo que hay que tener especial ojo en la situación de todas las partes a la hora de definir variantes en una cuota alimentaria.

Teniendo en cuenta estos aspectos es que la mejor opción de la que puede hacer uso un abogado al momento de pedir una cuota es la del porcentaje del bono, con el empleador como agente de retención.

Ahora bien, este mecanismo funciona justamente cuando el obligado está en relación de dependencia pero cuando esto no sucede, y se fija una cuota alimentaria fija, aparecen los problemas: "En esos casos, hay que iniciar un incidente de aumento (un proceso independiente) y es entonces cuando empiezan las dilaciones porque hay que cumplir con las etapas de notificación, contestación, prueba y demás".

cuotas alimentarias 1.jpg
Cuando el alimentante tiene bono de sueldo, la actualización de la cuota alimentaria es menos compleja.

Cuando el alimentante tiene bono de sueldo, la actualización de la cuota alimentaria es menos compleja.

La Justicia es consciente de esta realidad y es por ello que el código procesal faculta al magistrado para que disponga de un mecanismo idóneo que permita que las cuotas alimentarias mantengan, dentro de lo posible, el poder adquisitivo.

La jueza de Cámara de Familia Delicia Ruggeri explicó a Diario UNO cuáles son estas herramientas a las que se les echa mano a la hora de dictar sentencia.

"Cuando el alimentante está registrado, lo conveniente es que la cuota sea un porcentaje de sus ingresos", dice Ruggeri coincidiendo con la doctora Pérez.

En el camino, si hay un desfasaje muy grande o una condición o hecho nuevo, puede plantearse un incidente para ir adecuando la cuota si fuere necesario.

Ahora bien, cuando el alimentante no tiene relación de dependencia, el juez establece una cuota fija y es entonces cuando aparecen dos estrategias para su actualización, explica la doctora Ruggeri:

  • Fijar la cuota en relación al salario mínimo, vital y móvil. Entonces, en la medida en que el Consejo del Salario va moviendo el SMVM, se va actualizando la cuota alimentaria.
  • O, menos popular entre los abogados, comparar la cuota con el JUS, que es una unidad de medida equivalente al 10% de la asignación básica de Juez de primera instancia. En estos casos, se fija una cuota en pesos, equivalentes a X cantidad o porción de JUS. Entonces, cuando la Suprema Corte de Justicia actualiza anualmente la unidad de medida, la cuota alimentaria se modifica automáticamente para que siga respondiendo al mismo equivalente.

"No es un índice de indexación y en los buenos sueldos funciona muy bien", explica la jueza. "El problema surge cuando el sueldo del alimentante no aumenta en el mismo ritmo que el de los jueces" porque, claro, los incrementos salariales en montos como los que cobra un juez no impactan de igual manera en sueldos menores.

Si sucede esto último y la herramienta deja de ser eficaz, en la Cámara de Familia se revisa el índice de actualización, caso por caso.

En tanto que otro mecanismo que resulta bastante útil "cuando el cuidado personal es alternado y ambos obligados tienen más o menos el mismo nivel de ingresos y se distribuyen las cargas", es el pago del alimentante directamente a un tercero.

Así, a la cuota en dinero (actualizable según alguna de las herramientas anteriormente descriptas), se le puede sumar el pago de la cuota del colegio, de la obra social o del club, que irán aumentando en función de lo que decida el tercero.

En todos los casos, como dicen tanto la doctora Ruggeri como la doctora Pérez, cuando la inflación es tan alta y crece de forma incontrolable, hay que tener en cuenta que quien tiene que pagar la cuota alimentaria también la sufre.

Registro de Deudores Alimentarios

Por la falta de una norma nacional que unifique la penalización para deudores alimentarios, actualmente, si una persona obligada no cumple con las cuotas previstas, solo sufre las consecuencias que se marquen en su jurisdicción. Entonces, como hecha la ley, hecha la trampa, muchos deudores cambian su domicilio según su conveniencia.

Es por ello que el diputado nacional por Mendoza Julio Cobos (UCR) impulsa la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios por ley.

Su proyecto de ley perdió estado parlamentario después de la aprobación en el Senado pero ahora hay un principio de acuerdo para volver a tratar la iniciativa.

"Es probable que entre agosto y septiembre se convierta en ley nacional", sostuvo el legislador en diálogo con Diario UNO.

El objeto del proyecto es que el deudor de tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco cuotas alternadas tenga diferentes penalidades, que van desde trabas en la realización de trámites ante el Estado hasta la prohibición de salida del país.

Esas obstaculizaciones pueden ser en operaciones tales como abrir una cuenta bancaria, tramitar renovación o pedir tarjetas de crédito o débito, firmar una transferencia de vehículos o comprar o vender un inmueble, en lo comercial.

En tanto, en lo civil estas personas podrían no obtener el pasaporte y no permiso para salir del país. Mientras que, de sancionarse la ley, no podrán ocupar cargos púbicos en ninguno de los tres poderes del Estado.

"La intención es reducir la discrecionalidad a los jueces al brindarles la herramienta de una ley nacional, al mismo tiempo que se obliga al deudor a ajustarse a lo acordado, a riesgo de no poder realizar todas las operaciones y transacciones mencionadas", explicó el diputado radical.

►TE PUEDE INTERESAR: Domingo con un nuevo aumento en las naftas y el gasoil en Mendoza

Temas relacionados: