La muerte de una mujer de 88 años ocurrida en su casa de Chacras de Coria, donde además habría sido mordida por su perro pitbull, puso bajo la lupa una vez más la responsabilidad que deben tener los dueños de animales considerados "peligrosos".
La polémica tras el ataque de un perro en Chacras: qué dice la ley y por qué apunta a los dueños
La muerte de una mujer en Chacras de Coria reabrió el debate sobre la tenencia de perros peligrosos en Mendoza. La aplicación de leyes y las sanciones

En Mendoza están vigentes leyes y normas sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos. Imagen ilustrativa.
Luego del confuso episodio ocurrido en una casa de un barrio privado de Chacras, el animal fue llevado por Policía Rural a un refugio ubicado en calle Brandsen, en Luján de Cuyo, donde quedó aislado hasta que sea sometido a una "evaluación conductual" por parte de Zoonosis del municipio.
Recomendadas
Fuentes del Ministerio de Seguridad señalaron que una vez realizados los estudios, se evaluará si se deja el animal a disposición de la familia o si se lo reubica en una organización o fundación de ayuda de animales. Sea cual sea el caso, la eutanasia no es una opción.
En Mendoza está vigente la Ley 7633 (sancionada el 27 de febrero de 2008), también conocida como Régimen jurídico para la tenencia de animales peligrosos, la cual tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia de perros peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de personas, bienes y de otros animales.
La Ley indica que para la tenencia de estos "perros peligrosos" es obligatorio tener una licencia administrativa otorgada por el municipio de residencia con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Acreditar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales.
También, debe quedar registro sobre si el animal está destinado a convivir con los sus tutores o si será destinado al cuidado de propiedades u otros fines.
Además, el dueño del animal tiene la obligación de hacer la denuncia sobre cualquier incidente causado por el perro por daños a terceros dentro de las 48 horas hábiles de ocurrido para evitar cualquier tipo de penalización.
Otro punto que destaca la ley es que el dueño del perro debe comunicar al registro municipal la venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal dentro de un plazo de 15 días, o de lo contrario podría recibir algún tipo de sanción.
¿Qué sanciones puede recaer sobre el tutor de un perro considerado peligroso?
- Abandonar al perro peligroso.
- Tener perros peligrosos sin poseer licencia.
- Vender un perro peligroso a quien no tenga la licencia correspondiente.
- Adiestrar dichos animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas.
- La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de perros peligrosos o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.
Según el Código Contravencional de la provincia, aquel tutor de un perro peligroso que no cumpla con los requisitos de cuidado y tenencia responsable del animal será sancionado con multa desde 600 Unidades Fiscales hasta 1.500 U.F., es decir, desde los $360.000 hasta los $900.000. También contempla arresto desde 6 días hasta 15 días.
Además, se podrá proceder al secuestro de estos animales para ser puestos a disposición de las autoridades correspondientes, y cuando éstos fueren salvajes se los pondrá a disposición del Departamento de Fauna dependiente de la Dirección de Recursos Naturales Renovables.
Por otro lado, quienes descuiden a un perro o a cualquier clase de mascota a su cargo, sea potencialmente peligroso o no, dejándolos deambular por las calles en vías o lugares públicos, estorbando el tránsito o causando inseguridad a las personas que transitan a pie, bicicleta o vehículo automotor, será sancionado con multa desde un 1.000 U.F. hasta 2.000 U.F., es decir, desde los $600.000 hasta $1.200.000, o arresto desde 10 días hasta 20 días.
¿Cuáles son las razas consideradas peligrosas por la Ley 7633?
Son los que sean puros o cruza de razas que por su potencia de mandíbula, musculatura, talla y temperamento genéticamente agresivo, pudieran causar la muerte o lesiones graves a las personas o a otros animales y daños a las cosas:
- Mastin Napolitano
- Doberman
- Pitbull
- Bull Terrier
- Dogo Argentino
- Rottweiler
- Presa Canario
- Akita Inu
- Gran Perro Japonés
Oscar Mellado, abogado especialista en derecho animal, aseguró: "Para mi no existen los perros peligrosos, el único peligroso es el hombre. El entorno es el que gravita la situación del animal".
Además, Mellado destacó: "El animal es un ser vivo, es un ser sintiente. No puede comprender la criminalidad de los hechos en los cuales se ve involucrado. No se lo puede matar. En Argentina no existe la pena de muerte".
En pocas palabras
- Atacada por pitbull: una mujer de 88 años falleció en Chacras de Coria y analizan si fue mordida luego por su perro pitbull.
- Ley 7633: vigente en Mendoza, regula la tenencia de perros peligrosos, exigiendo licencia, seguro y registro de incidentes.
- Sanciones y razas: las multas para tutores irresponsables van hasta 2.000 UF. Razas como Pitbull, Dogo Argentino y Rottweiler son consideradas peligrosas.