El 2023 en la Justicia de Familia

Fracasó el 70% de los casos que llegaron a mediación judicial por la cuota alimentaria

Padres y madres en conflicto por la cuota alimentaria para los hijos acordaron en 2.800 de los 9.405 casos. El análisis de un juez y dos funcionarias judiciales

La Justicia de Familia es una de las cajas de resonancia de la conflictividad de una familia que se terminó, especialmente por los reclamos del pago de la cuota alimentaria para los hijos.

En 2023, según las estadísticas oficiales, se iniciaron 3.451 nuevas causas judiciales por los alimentos, en su enorme mayoría iniciadas por las madres contra los padres.

Sin embargo, hay otro dato oficial preocupante, que refleja que la litigiosidad es potencialmente grave: fracasó el 70% de las 9.405 audiencias de mediación, paso previo e ineludible al conflicto que el juez deberá resolver.

No hubo acuerdo en 8.597 casos pero sí en 2.800 en los cuales padres y madres coincidieron en que los primeros pagarán una determinada suma de dinero cada mes para que los hijos mantengan el estilo de vida que llevaban previo a la ruptura del vínculo matrimonial.

Según la ley, los padres deben hacerse cargo de sus hijos hasta los 21 años, plazo que se extiende hasta los 25 siempre y cuando los hijos estudien y lo demuestren ante la Justicia.

La normativa vigente prevé una situación que se ha vuelto una constante en los últimos años: que frente al incumplimiento del pago de la cuota alimentaria, las madres -quienes generalmente reclaman- puedan demandar a los abuelos, es decir a los padres del deudor moroso.

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La cuota alimentaria para los hijos de padres separados, foco de conflicto que llega a la Justicia de Familia.

La cuota alimentaria para los hijos de padres separados, foco de conflicto que llega a la Justicia de Familia.

La problemática judicial de la cuota alimentaria

Diario UNO conversó con el camarista de Familia Germán Ferrer, divorciado y con 23 años de carrera en ese fuero, adonde también llegan las esquirlas de la crisis inflacionaria. El magistrado prologó el libro Juicios de Alimentos en Mendoza escrito por las funcionarias judiciales María Cecilia Hom y Claudia Graciela Raganato, que el jueves 14 será presentado en el Colegio de Abogados de Mendoza.

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El juez Germán Ferrer prologó el libro de Claudia Raganato y Cecilia Hom sobre la problemática judicial sobre alimentos.

El juez Germán Ferrer prologó el libro de Claudia Raganato y Cecilia Hom sobre la problemática judicial sobre alimentos.

"Esta obra es actual por los conflictos que se judicializan por los alimentos; problemática que se refleja a diario en los Tribunales de Familia. Que lo hayan escrito estas jóvenes colegas garantiza la mirada de una nueva generación que está más a tono con la situación económica y social" "Esta obra es actual por los conflictos que se judicializan por los alimentos; problemática que se refleja a diario en los Tribunales de Familia. Que lo hayan escrito estas jóvenes colegas garantiza la mirada de una nueva generación que está más a tono con la situación económica y social"

- ¿Cómo impacta la problemática de los alimentos en la Justicia de Familia?

(Hom) - Se advierten los reiterados incumplimientos y cómo se desactualizan las cuotas a raíz del proceso inflacionario que se vive en el país. En este momento, hay que buscar estrategias para bajar la tasa de incumplimientos y la litigiosidad. Además, hacer que el valor adquisitivo que representan las cuotas se mantenga a través del tiempo para que la gente no venga permanentemente a los Tribunales.

- ¿Hay más litigio?

(Raganato) - La cantidad de juicios por alimentos ha crecido cada año y en 2023 aún más. Entendemos que la situación económica repercute en cada grupo familiar y eso genera incumplimientos y pedidos de actualizaciones de cuotas.

- ¿Esto sucede únicamente por la cuestión económica o también hay quienes incumplen por otros motivos?

(Hom) - Sí. Está íncita la conflictividad familiar porque una familia que llega a la Justicia no se pudo entender ni arribar a un acuerdo en la mediación o extrajudicialmente. Por eso vienen a que un tercero imparcial resuelva el conflicto.

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Hom es funcionaria judicial.

Hom es funcionaria judicial.

- ¿Hay quienes no pagan porque no quieren?

(Ferrer) - Sí. Muchas veces, y muy a tono con la perspectiva de género, advertimos que cuando la pareja se separa y se termina el proyecto de familia es común -y está reflejado en los expedientes- ver que los hombres, hasta entonces los proveedores económicos en el 99% de los casos, utiliza ese poder para hostigar a la madre de sus hijos con la finalidad de obtener, por ejemplo, la liquidación de la comunidad de bienes, temas patrimoniales. Así, dejan de proveer, se desentienden y muchas madres que se han dedicado a criar a los chicos y/o han tenido trabajos de medio tiempo se encuentran totalmente a cargo de los chicos y con la urgencia de afrontar todos los gastos cotidianos.

- ¿Esto genera algún tipo de reacción en esas madres?

- Sí. Para ser justos, hay que decir que a veces, aunque no siempre, y como parte de esta conflictiva muchas madres que se quedan con los chicos ponen trabas en los regímenes de comunicación entre ellos y los padres. Esto es notable porque ya hay asociaciones de padres que reclaman por esta situación. En definitiva, el dilema es que esos padres y esas madres no comprenden que colocan a los hijos como rehenes u objeto de la disputa y se olvidan del daño que les provocan.

- ¿En la Justicia reciben denuncias -finalmente falsas- que complican o rompen el vínculo entre padres o madres e hijos?

(Raganato) - Hay muchos procesos por violencia familiar en los que se buscan medidas de protección a las víctimas, excluyendo del hogar al agresor o prohibiéndole el acercamiento. Hubo casos en los que se utilizaron esas medidas para obtener los bienes materiales reclamados. El Código establece una vía a través de la cual la persona denunciada puede demostrar con pruebas que esa situación de violencia no existió como se ha denunciado.

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La obra sobre Juicios por Alimentos en Mendoza será presentada en el Colegio de Abogados el jueves 14.

La obra sobre Juicios por Alimentos en Mendoza será presentada en el Colegio de Abogados el jueves 14.

(Ferrer) - Sí observamos casos de obstrucción persistente del régimen de comunicación, donde madres denuncian a sus ex parejas por abuso sexual algo que, finalmente, no se da por probado en la Justicia Penal. Es lamentable porque frente al carácter preventivo que tiene la ley de protección contra la violencia y hasta que se esclarezca el hecho, la Justicia de Familia debe interrumpir el régimen de comunicación. Esto, en muchos casos, ha provocado el desvínculo de padres con sus hijos hasta que la Justicia Penal resuelva si hubo o no abuso. Y a veces, la Justicia de Familia se ve obligada a cambiar la guarda del niño de la madre al padre.

"Algunas madres, mal asesoradas, a veces transitan por ese andarivel de denunciar hechos que no sucedieron realmente, lo que puede terminar con una demanda civil por daños y perjuicios y una acción penal en contra" "Algunas madres, mal asesoradas, a veces transitan por ese andarivel de denunciar hechos que no sucedieron realmente, lo que puede terminar con una demanda civil por daños y perjuicios y una acción penal en contra"

La obligación de pagar la cuota alimentaria para los hijos

-¿Cuándo existe la obligación legal de que un padre o una madre se haga cargo de los alimentos del hijo?

- La obligación comienza cuando el chico nace y los padres y las madres ejercen la responsabilidad parental. El conflicto de quién debe hacerse cargo de la cuota alimentaria se produce cuando sucede la separación de la pareja. Ahí hay que ver quién se hace cargo de los chicos, si la tenencia es compartida o no; quien queda a cargo de los chicos solicita al progenitor el pago de una cuota.

- ¿Hasta cuándo rige ese compromiso en caso de ser asumido?

- La obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años pero en caso de que el chico estudie y lo demuestre esa obligación se extiende hasta los 25 años.

- ¿Cuáles son los casos más comunes en litigio?

- El cuidado de los chicos, que ahora es compartido, según la regla. Generalmente conviven con el progenitor que solicita la cuota alimentaria de parte del otro progenitor.

- ¿Qué tiene en cuenta la Justicia para determinarla en caso de que no haya acuerdo de partes en mediación o fuera del sistema?

- Hay que ver con qué recursos cuenta la parte que debe pagar la cuota y las necesidades de los hijos.

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Ferrer es juez de Familia desde hace más de 20 años.

Ferrer es juez de Familia desde hace más de 20 años.

- Más allá de lo que indica la ley, doctor Ferrer, ¿usted es de los jueces que preguntan a los chicos si quieren vivir con la mamá o el papá?

- En primera instancia y acá, en la Cámara de Familia, tenemos audiencia con los chicos, incluso con asistencia de profesionales, para determinar con quién quiere vivir porque muchos chicos llegan guionados o ya con la idea clara de con quién.

"El 90% de los hijos de padres separados viven con la mamá" "El 90% de los hijos de padres separados viven con la mamá"

La cuota alimentaria se fija por sentencia judicial o acuerdo de mediación judicial o extrajudicial entre partes. En estos dos últimos casos, debe ser homologada por el juez de Familia, lo que le da fuerza de sentencia que debe cumplirse. En caso de incumplimiento, el juez debe hacerla ejecutar

- ¿Qué ítem componen la llamada cuota alimentaria?

(Hom) - La vivienda, que debe estar en condiciones de habitabilidad para el niño; alimentos propiamente dichos, la comida que tiene que ver con su alimentación y nutrición; la escolaridad, el esparcimiento, la cobertura de salud, ya sea a través de una prepaga u obra social o concurrencia al médico; las actividades extraescolares, como ir al club y/o vacaciones... Esta obligación deriva de la responsabilidad parental.

- ¿Cambian estos ítem a través de los años?

(Raganato) - Sí. De los 21 a los 25 son alimentos derivados del parentesco y la cuota es más reducida y se refiere específicamente a la educación, siempre y cuando esa actividad le impida autosustentarse con un trabajo. No se paga el esparcimiento, por ejemplo; sí la subsistencia y la educación.

- ¿Sigue siendo público el acceso a la nómina de deudores alimentarios morosos?

- Claro que sí. Hay cada vez más deudores alimentarios en esa lista, que puede consultarse en la web del Poder Judicial de Mendoza.

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- El certificado que acredita no estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos es exigido cada vez más. Por ejemplo, para tramitar la licencia de conducir, ser funcionario público y pedir un préstamo de dinero. Es un medio disuasivo que le afecta al deudor en caso de no cumplimiento. Para ser sacados del registro, quienes hayan sido deudores deben tramitarlo en la Suprema Corte de Justicia ya que no son retirados automáticamente.

Los casos judiciales más comunes por la cuota alimentaria

"La situación ha cambiado con el paso de los años. Hoy, muchas parejas se divorcian pocos años después de haber iniciado el matrimonio. A los dos o tres años, por ejemplo, ven que el proyecto de familia no funciona y se separan para no seguir con relaciones tóxicas. Hay muchos casos de ex parejas con un solo hijo" "La situación ha cambiado con el paso de los años. Hoy, muchas parejas se divorcian pocos años después de haber iniciado el matrimonio. A los dos o tres años, por ejemplo, ven que el proyecto de familia no funciona y se separan para no seguir con relaciones tóxicas. Hay muchos casos de ex parejas con un solo hijo"

"Hoy es común que haya juicios por alimentos para hijos de 3 o 4 años" "Hoy es común que haya juicios por alimentos para hijos de 3 o 4 años"

"Hasta 3 hijos tienen muchos de los padres que litigan por los alimentos en la Justicia de Familia" "Hasta 3 hijos tienen muchos de los padres que litigan por los alimentos en la Justicia de Familia"

"Hemos tenido casos de padres a los que les reclaman la cuota alimentaria para hijos de tres matrimonios distintos. Y cada caso es un proceso distinto" "Hemos tenido casos de padres a los que les reclaman la cuota alimentaria para hijos de tres matrimonios distintos. Y cada caso es un proceso distinto"

"En muchos procesos judiciales afloran situaciones que denotan que las rupturas familiares sucedieron en malos términos. Así, vemos que hay desquites y pujas de poder por la no asimilación de la separación. Alguno busca hostigar al otro y eso lo sufren los chicos" "En muchos procesos judiciales afloran situaciones que denotan que las rupturas familiares sucedieron en malos términos. Así, vemos que hay desquites y pujas de poder por la no asimilación de la separación. Alguno busca hostigar al otro y eso lo sufren los chicos"

- ¿Qué se tiene en cuenta en la Justicia para determinar cuánto debe pagar un padre o una madre alimentante, como se le llama en el argot judicial?

(Ferrer) - La ley establece que ambos padres, en la medida de lo posible y de acuerdo a su condición y fortuna, deben hacerse cargo proporcionalmente de la manutención de los hijos tras el divorcio o la separación. El juez pone en la balanza las necesidades de los hijos para que se mantenga el estilo de vida previo a la separación, el cuidado personal -que es parte del esfuerzo- y el proceso inflacionario que se vive en el país. Estamos buscando un sistema para referenciar la cuota y que al momento de la sentencia no se haya devaluado por la inflación.

- ¿Se presentan padres que justifican que, tras pagar la cuota alimentaria, se quedan con muy poco para vivir?

(Raganato) - Sí, también. Eso se valora y debe acreditarse. Lo aclaro porque muchos alimentantes retacean información acerca de sus ingresos y egresos.

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Claudia Raganato ha ejercido la función de jueza de Familia y es colaboradora clave de la Cámara de Apelaciones.

Claudia Raganato ha ejercido la función de jueza de Familia y es colaboradora clave de la Cámara de Apelaciones.

(Ferrer) -En la Cámara se tiene en cuenta, primero, que quien tiene un hijo debe hacerse cargo. Y dos criterios: si esos papás tienen otros hijos, para no dejar a ninguno sin alimentos. Y a los papás que trabajan en relación de dependencia que no se les puede exigir mayor esfuerzo pero sí a los independientes.

Ficha técnica

. Germán Ferrer (64) integra, desde 2011, la Cámara de Apelaciones de Familia junto con María Delicia Ruggeri y Estela Politino. Fue juez de Familia de primera instancia durante más de una década.

Ha trabajado, entre otros, los casos de niño Felipe Mohammad Loncarich, cuya madre está presa desde 2023 por haberlo alejado del padre desconociendo una sentencia judicial de Familia de primera instancia; y de los hermanitos que en enero fueron llevados desde Tunuyán a Londres para vivir con el padre -de nacionalidad alemana- porque la madre -mendocina- los había traído sin aval judicial del Reino Unido tras un juicio de divorcio.

. María Cecilia Hom es prosecretaria en la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial con experiencia en la Justicia de Familia en la primera instancia- Es docente de Derecho de Familia en la Universidad de Mendoza.

. Claudia Graciela Raganato es prosecretaria de la Cámara de Apelaciones de Familia. Fue conjueza de la Justicia de Familia durante 3 años.

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