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Coronavirus: en qué situaciones madres o padres separados pueden trasladar a sus hijos

Las hijas y los hijos de madres y padres separados deberán permanecer en un solo domicilio durante la cuarentena general ante la pandemia de coronavirus. Es decir, que se suspende la modalidad de cuidado personal compartido y el régimen de comunicación deber ser virtual. Pero hay algunas excepciones para trasladar a los hijos.

Para su traslado, por empezar, deberán llenar un formulario especial y llevar el DNI del niño o adolescente.

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Según se informó este sábado oficialmente, el Ministerio de Desarrollo de la Nación, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, resolvió una serie de excepciones al Decreto N° 297/2020 dictado por el Gobierno nacional, en lo referido al aislamiento social en el caso de asistencia de niños, niñas y adolescentes por sus progenitores o tutores.
  

La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado deberá tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el DNI del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa del traslado.

El formulario se puede descargar de la página oficial del Gobierno nacional (www.argentina.gob.ar).

Las autoridades determinaron que una excepción será "cuando al momento de entrar en vigencia la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio el niño, niña o adolescente se encontrase en un domicilio distinto al de su centro de vida, o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente para cumplir el aislamiento social mencionado" y remarcaron que "este traslado debe ser realizado por única vez".

Otra excepción será "cuando uno de los progenitores, por razones laborales que se inscriban en alguno de los incisos del artículo 6° del Decreto N° 297/20, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente".

Y finalmente, se podrá realizar el traslado al domicilio del otro progenitor cuando sea "por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a".

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