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Coronavirus: En seis provincias se permite la vuelta al trabajo de "profesionales liberales"

Editado por Agencias

El Gobierno nacional dispuso flexibilizar el "ejercicio de profesiones liberales", que incluyen a abogados y contadores, en seis provincias a partir de este viernes.

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Mediante la Decisión Administrativa 622/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial con las firmas del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, se permiten nuevas actividades en las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy.

"Exceptúase, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 355/20 del cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' y de la prohibición de circular, en el ámbito de las provincias Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy al ejercicio de profesiones liberales, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa", se describe en el Boletín Oficial.

Las personas incluidas dentro de estas actividades flexibilizadas para su movilidad deberán tramitar el "Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19".

En tanto, las personas que concurran a ver a un abogado, un contador u otro profesional con título habilitante, para poder circular podrán utilizar "la constancia del turno otorgado para su atención".

Estas actividades para llevarse adelantan deberán cumplir con todos los protocolos sanitarios dispuestos en el marco de la pandemia del coronavirus.

"Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades profesionales exceptuadas, pudiendo limitar su alcance a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus", se aclara. "Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades profesionales exceptuadas, pudiendo limitar su alcance a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus", se aclara.

Liberaron once actividades en Tucumán

El Gobierno nacional dispuso que se puedan desarrollar en la provincia de Tucumán una serie de actividades que ya estaban permitidas en el resto del país.

A través de la Decisión Administrativa 607/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la provincia de Tucumán volverá a tener actividades como la venta minorista a través del comercio digital.

Las actividades que estarán permitidas en Tucumán a partir de este viernes son las siguientes:

  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  • Oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  • Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
  • Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  • Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  • Ópticas, con sistema de turno previo.
  • Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  • Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  • Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  • Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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