Beneficios y exclusiones

Cornejo ordenó tocar el sistema de subsidios a la tarifa de luz para beneficiar a jubilados

El EPRE informó que se repiten beneficios para el mismo universo. La intención de los cambios en la tarifa de luz es favorecer a los de mayor vulnerabilidad

Luego de que la Nación comenzara un proceso de modificación del esquema de subsidios al precio de la energía y de las tarifas de luz vigentes, Alfredo Cornejo ordenó por decreto reevaluar el sistema en Mendoza.

A pedido del Ministerio de Energía y Ambiente de Jimena Latorre, el EPRE formuló un informe detallado de los diferentes beneficios que se otorgan actualmente y concluyó que existe “multiplicidad” y que en algunos casos, “están destinados a asistir al mismo universo”, aunque bajo distintas modalidades y formas de implementación.

El objetivo de los cambios entonces identificar a esos beneficiarios y enfocar la asistencia para el pago de la factura de luz hacia los usuarios de mayor vulnerabilidad, entre ellos, los jubilados (ver nuevos descuentos al final de la nota).

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Los jubilados son uno de los sectores considerados más vulnerables a la hora de los cambios en el sistema de subsidios a la luz.

Los jubilados son uno de los sectores considerados más vulnerables a la hora de los cambios en el sistema de subsidios a la luz.

En el nuevo padrón que deberá elaborar el EPRE para el otorgamiento de subsidios y compensaciones, también deberá tener en cuenta otros criterios de vulnerabilidad como la socioeconómica, la zonal y la referida a electrodependencia por cuestiones de salud.

Nuevos subsidios del EPRE a la tarifa de luz

El esquema de subsidios a la tarifa de luz pedido por el gobernador Alfredo Cornejo figura en el decreto N° 218 publicado este martes en el Boletín Oficial.

En el mismo, se instruye al EPRE a que mantenga actualizado un Padrón de Referencia de Beneficiarios Residenciales de compensaciones en la facturación del servicio eléctrico en base a diferentes criterios.

De inclusión:

Vulnerabilidad Socioeconómica: usuarios residenciales titulares del servicio de luz que sean:

  • Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Titulares de programas sociales que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios Inscriptos en el Régimen de Monotributo Social que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios Inscriptos en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (Ley 26.844) que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios que perciban Seguro de Desempleo.
  • Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios que cuenten con Certificado de Discapacidad expedido por autoridad competente, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
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Los usuarios del servicio de luz de Malargüe son tenidos en cuenta para los criterios de inclusión en los subsidios.

Los usuarios del servicio de luz de Malargüe son tenidos en cuenta para los criterios de inclusión en los subsidios.

Vulnerabilidad Zonal: usuarios residenciales titulares del servicio de luz que vivan en:

  • Malargüe.
  • Localidades Zona Montaña, definidas en Decreto N° 1742/2016 – Resolución SSP N° 043/2017 – Resolución ex SSP N° 102/2019 – Resolución ex SSP N° 082/2023.
  • Zonas Rurales.

Vulnerabilidad por Electrodependencia por Cuestiones de Salud: sean usuarios residenciales titulares del servicio de luz o alguna persona que reside en la vivienda abastecida por el suministro.

Los que quedan fuera de los subsidios a la luz

El nuevo esquema también incluye criterios de exclusión de los subsidios, para usuarios residenciales titulares del servicio de luz que:

  • Perciban ingresos superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Posean más de un inmueble a su nombre, según Registro de Propiedad.
  • Posean un automotor cuyo modelo tenga hasta diez (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad.
  • Posean embarcaciones de lujo o aeronaves.

Más descuento en la tarifa de luz

Según la nueva norma, cada usuario estará alcanzado por un único beneficio que responde a su evaluación integral según vulnerabilidad identificada por el EPRE.

En particular, los cambios incluyen también modificaciones en las alícuotas de descuento que reciben algunos titulares del servicio de luz.

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El nuevo esquema que Cornejo ordenó al EPRE prevé que ningún usuario vulnerable quede sin el subsidio en la tarifa de luz más allá de su consumo.

El nuevo esquema que Cornejo ordenó al EPRE prevé que ningún usuario vulnerable quede sin el subsidio en la tarifa de luz más allá de su consumo.

Por ejemplo, el EPRE deberá ampliar la tarifa social para usuarios con vulnerabilidad socioeconómica, que hoy son unos 47.000 en Mendoza. Actualmente el beneficio es del 13% (para usuarios hasta 600 kWh bim) y ahora sube al 25% para T1 R1 (consumos de hasta 299 kWh bim), 20% para T1 R2 (consumos entre 300 y 599 kWh bim) y 10% para T1 R3 (consumo desde 600 kWh bim).

Este nuevo esquema, contempla que ningún usuario vulnerable quede sin el subsidio (más allá de su consumo).

Subsidio en la luz para jubilados, automático

En el caso de los jubilados y pensionados, el beneficio se extiende de manera automática, pasando de favorecer a 9.000 a más de 52.000.

Además, para estos usuarios se amplía el descuento pasando del 50% al 60% para aquellos con consumos hasta 299 kWh. Y no perderán el beneficio si superan el nivel de consumo de 299 kWh bimestrales, sino que se le aplicarán al total facturado, los descuentos previstos para el subsidio denominado Tarifa Social.

En este nuevo esquema propuesto, ningún usuario jubilado vulnerable quedará sin beneficio, manteniéndose los incentivos de consumo racional de luz, al ser decrecientes los porcentuales de descuento.